LA MATANZA,
VISTO:
Que la Ordenanza N° 10656 promulgada
CONSIDERANDO :
Que conforme surje del art. 24 de la citada normativa. El Departamento
Ejecutivo es responsable
de verificar el estricto cumplimiento de la referida ordenanza
Que corresponde al Departamento Ejecutivo implementar el sistema
de control técnico de las
instalaciones de transporte vertical y habilitación tanto
de las nuevas como el registro de las
existentes, estableciendo el método de inspección y
las normativas a las cuales deben ajustarse las
instalaciones
Que es deber de La Municipalidad propender a dictaminar las características
de las instalaciones
tendientes a lograr la seguridad de los usuarios , teniendo en cuenta
la gran cantidad de personas
que utilizan diariamente las mismas.
Que el parque actual de las instalaciones posee cierta antigüedad
que justifica efectuar un control
del mismo, en virtud del desgaste natural de sus partes y componentes.
Que el Art. 26° de la Ordenanza mencionada faculta al Departamento
Ejecutivo a dictar las normas
de carácter técnico que mantengan actualizada las exigencias
en materia de instalación,
mantenimiento y control del funcionamiento de medios mecánicos
tales como ascensores,
montacargas , escaleras mecánicas , rampas móviles
, guarda mecanizada de vehículos y otros
medios de circulación vertical que transportan personas o
cosas
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos ha
elaborado las normas y sistemas para dar
cumplimiento a la citada ordenanza
Que la Asesoría Letrada ha tomado la intervención
de su competencia mediante el Dictamen
N°.....
POR TANTO
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LA MATANZA
DECRETA
NORMATIVA PARA LA CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN,
HABILITACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ASCENSORES,
MONTACARGAS, ESCALERAS MECÁNICAS, RAMPAS MÓVILES
Y
GUARDA MECANIZADA DE VEHÍCULOS
CAPÍTULO I
ASCENSORES Y MONTACARGAS
Articulo.1° Cajas del ascensor o del montacargas. Características
y dimensiones
La "caja del ascensor" es la expresión por la cual
se distingue al recinto que, en un edificio
o en una estructura, se destina para emplazar el ascensor o el montacargas.
La caja será de construcción incombustible.
Dentro de la caja, o embutido en los muros que la cierran, no debe
haber canalizaciones
ajenas al servicio de la instalación, como título de
ejemplo se cita: gas, agua, cloacas,
calefacción, teléfono, bajada de antenas, electricidad,
chimenea.
En caso de conductos calientes externos a la caja pero adosados a
sus muros, el calor no
debe afectar al funcionamiento del ascensor o del montacargas.
Toda instalación de transporte vertical, cualquiera sea su
uso y destino, debe cumplir con
las normativas vigentes municipales y provinciales respecto a ruidos
y vibraciones, y es
responsabilidad del propietario su cumplimiento.
a) Planta de la caja:
La planta (sección transversal) de la caja será capaz
de dar cabida al coche, contrapeso,
guías y sus soportes y demás elementos propios para
el funcionamiento de todo el equipo.
La mínima sección transversal S de la caja se determinará
en función de los valores
resultantes de aplicar los ítem 1) y 2) del Inciso a) de "Requisitos
para la cabina de
ascensores" añadiendo 0,35 m a las dimensiones a y b
de la cabina.
b) Altura de la caja:
La altura o elevación de la caja está compuesta por
el Recorrido R y los Claros, Superior
CS e Inferior CI (ver figura).
El Recorrido R es la distancia comprendida entre el rellano o parada
más bajo y el rellano
o parada más alto.
El Claro Superior CS, es el comprendido entre el nivel del rellano
más alto y el plano
horizontal del cielo de la caja o cualquier saliente de éste:
y será:

El Claro Inferior CI, es el comprendido entre el
nivel de rellano más bajo y el fondo de la
caja, y será:


F.1
1) Sobrerrecorrido superior y espacio libre superior:
I) Sobrerrecorrido superior:
Se entiende por sobrerrecorrido superior:
Para coche: La distancia máxima que puede desplazarse el coche
hacia
arriba si, accidentalmente, no se detiene al nivel del rellano más
alto. Esta
distancia se determina en correspondencia con el contrapeso. Ver
figura y
símbolos del ítem 3):
Cuando el coche está nivelado en el rellano más alto:
- Si el contrapeso no toca su paragolpe, el sobrerrecorrido será:

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se
comprime parcialmente, siendo f = 0, el sobrerrecorrido será:

Para el contrapeso: la distancia máxima que
puede desplazarse el
contrapeso hacia arriba si, accidentalmente, el coche no se detiene
a nivel
del rellano más bajo. Esta distancia se determina en correspondencia
con el
coche. Ver figura y símbolos del ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más bajo:
- Si el coche no toca a su paragolpe, el sobrerrecorrido será:

- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente, siendo h = 0, el sobrerrecorrido será:

II) Espacio libre superior: Se entiende por espacio
libre superior:
Para el coche: La distancia que debe quedar entre la parte más
alta del coche (bastidor,
polea u otro dispositivo excepto guiadores), y obstáculo más
próximo directamente
ubicado en correspondencia con el travesaño estando el coche
nivelado en el rellano más
alto. Ver figura y símbolos ítem 3).
- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y en el travesaño
superior del coche no hay
polea ni otro equipo montado en él o bien que haya estos dispositivos
sobresaliendo una
medida d < 0,00 m el espacio libre será:

- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y del travesaño
superior del coche sobresale una
polea u otro equipo montado en él de alto.

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente, siendo f = 0, cuando en el travesaño superior
del coche no hay polea ni
equipo montado en él o bien que haya estos dispositivos sobresaliendo
d 0,60 m el
espacio libre será:

y cuando estos dispositivos sobresalen una medida
d 0,60 m, el espacio libre será:

- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y sobre
la cabina hay un mecanismo de puertas
o cualquier otro equipo:

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente y sobre la cabina hay un mecanismo de puertas o cualquier
otro equipo,
siendo f = 0;
Si d < 0,60 m debe cumplirse simultáneamente:

Para el contrapeso: La distancia que debe quedar
entre la parte más alta del contrapeso
(bastidor, polea u otro dispositivo excepto guiadores) y el obstáculo
más próximo
directamente ubicado en correspondencia con el contrapeso estando
el coche nivelado en
el rellano más bajo. Ver figura y símbolo del ítem
3).
- Si el coche no toca a su paragolpe, el espacio libre será:

- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime parcialmente,
siendo h = 0, el espacio libre será:

III) En los casos de las fórmulas (1) a (14)
mencionadas en los Apartados I), II), el término
S/2 puede ser omitido si se usa paragolpe hidráulico y se
prevén dispositivos que impiden
el "salto" del coche o del contrapeso cuando el contragolpe
o el coche, respectivamente,
chocan con su paragolpe.
2) Sobrerrecorrido inferior y espacio libre inferior:
I) Sobrerrecorrido inferior:
Se entiende por sobrerrecorrido inferior:
Para el coche: La distancia máxima que puede desplazarse el
coche hacia abajo si,
accidentalmente, no se detiene al nivel del rellano más bajo.
Ver figuras y símbolos del
ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más bajo:
- Si el coche no toca a su paragolpe, el sobrerrecorrido será:
h + i1;
- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste es hidráulico
y se comprime parcialmente,
siendo h = 0, el sobrerrecorrido será:
i2
Para el contrapeso: La distancia máxima que puede desplazarse
el contrapeso hacia
abajo si, accidentalmente, el coche no se detiene al nivel del rellano
más alto. Ver figura y
símbolos del ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más alto:
- Si el contrapeso no toca a su paragolpe, breve sobrerrecorrido
será:
f + e1;
- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste es hidráulico
y se comprime
parcialmente siendo f = 0, el sobrerrecorrido será:
e2;
II) Espacio libre inferior: Se entiende por espacio libre inferior,
para el coche únicamente, a
la distancia que debe quedar entre la parte más baja del coche
(bastidor u otro dispositivo
excepto guiadores, bloques de paracaídas, pantalla de defensa
del coche) y el fondo de la
caja cuando el coche apoyado en su paragolpe lo comprima totalmente:

3) Los símbolos de la figura y los de las fórmulas tienen
los siguientes significados:
a1,
a2 Distancias
verticales cuando el coche está nivelado en la parada o rellano
más alto,
comprendidas entre la parte superior del travesaño del bastidor
o de cualquier equipo,
instalación o polea sujeta a dicho travesaño o bien
colocados arriba de la cabina y el
obstáculo más próximo emplazado encima de ellos,
respectivamente.
b1 Distancia
vertical comprendida entre el solado de la cabina y la parte más
alta del
travesaño del bastidor del coche;
b2 Distancia
vertical comprendida entre el solado de la cabina y cualquier equipo
situado
sobre ésta.
d Distancia vertical comprendida entre la parte superior del travesaño
y la parte más alta
de una polea o cualquier otro equipo que se proyecte por encima de
ese travesaño.
e1 Carrera
de compresión total del paragolpe del contrapeso (ver paragolpes).
e2 Parte
no comprimida del paragolpe hidráulico con retorno a resorte
del contrapeso
cuando el coche está nivelado en la parada o rellano más
alto,

f Distancia entre la placa de apoyo del bastidor
del contrapeso y la extremidad libre de su
paragolpe cuando el coche nivelado en la parada o rellano más
alto (ver paragolpes).
h Distancia entre la placa de apoyo del bastidor del coche y la extremidad
libre de su
paragolpe estando el coche nivelado en la parada o rellano más
bajo (ver paragolpes).
i1 Carrera
de compresión total del paragolpe del coche (ver paragolpes).
i2 Parte
no comprimida del paragolpe hidráulico con retorno a resorte
del coche, cuando
éste está nivelado en la parada o rellano más
bajo.

j1,
j2 Distancias
verticales, cuando el coche está nivelado en la parada o rellano
más bajo,
comprendidas entre la parte superior del bastidor o cualquier equipo
sujeto al contrapeso
(por ejemplo: guiadores, poleas) y un eventual obstáculo en
el cielo de la caja.
I1,
I2 Distancias
verticales comprendidas entre el nivel de la parada o rellano más
alto y la
parte superior del contrapeso o de cualquier equipo sujeto a él,
cuando el coche está
nivelado en la parada o rellano más bajo.
m Distancia vertical entre el solado de la cabina y la superficie
inferior de la placa de
apoyo con el paragolpes.
q1 Distancia
vertical entre la superficie inferior de la placa de apoyo del coche
con su
paragolpe, cuando éste está totalmente comprimido y
el fondo de la caja.
q2 Distancia
vertical entre la parte más baja de cualquier equipo sujeto al
coche (excepto
guiadores, bloques de paracaídas y pantalla de defensa del
coche) que sobresale debajo
del travesaño inferior y el fondo de la caja con el paragolpe
totalmente comprimido.
r Distancia vertical comprendida entre la placa del paragolpe y la
parte más baja de
cualquier equipo (excepto guiadores, bloques de paracaídas
y pantalla de defensa del
coche) sujeto al coche.
S Distancia que "salta" el coche o el contrapeso al chocar
con su respectivo paragolpe.
donde:

t Altura, sobre el fondo de la caja, del paragolpe
sin comprimir.
c) Chaflán en coincidencia con las puertas de rellano:
En el plano vertical de la caja que coincide con la ubicación
de las puertas de los rellanos,
en la parte inferior de las solias de éstas cuando rebasan
dicho plano, habrá un chaflán
liso y recto de identificación, de no más de 30º
respecto de esa vertical.
d) Fondo de la caja:
(1) Caja apoyada directamente sobre el terreno:
Cuando todo el fondo de la caja del ascensor apoya directamente sobre
el terreno, este
fondo será de albañilería o de hormigón
con aislamiento hidrófugo.

Las guías del coche y las guías del
contrapeso alcanzarán el fondo de la caja.
(2) Caja no apoyada sobre el terreno:
Cuando todo el fondo de la caja no apoya directamente sobre el terreno,
esto es que
debajo hay un espacio, dicho fondo constituirá un entrepiso
calculado teniendo en cuenta
una carga estática E equivalente al doble de la suma del peso
P de la cabina con la carga
C, que puede transportar más las cargas C2 suplementarias:
E = 2 (p + C1 +
C2)
F - c) (2)

Las guías del coche y las guías del
contrapeso, el cual debe tener paracaídas, alcanzarán
al fondo de la caja
(3) Caja parcialmente no apoyada sobre el terreno:
Cuando el fondo de la caja del ascensor no apoya total y directamente
sobre el terreno,
esto es que debajo hay un espacio y el contrapeso no tiene paracaídas,
dicho fondo se
calculará en la misma forma establecida en el ítem
(2).
E = 2 (p+ C1 +
C2)

F - (3) (I)
En correspondencia con el contrapeso habrá un pozo o foso
que llegará al terreno con
paredes de hormigón armado de 8 cm de espesor mínimo.
I) Si dentro del foso penetra el contrapeso el ancho del foso
será el del espesor del
contrapeso más 10 cm con un máximo de 50 cm. El largo
del foso será suficiente para
alojar el contrapeso con sus guías y sus soportes. En este
caso las guías llegarán al fondo
del foso donde se ubicarán los elementos que van debajo del
contrapeso.
El hueco tendrá un acceso con puerta de material incombustible,
con cerradura a llave,
que cuando está abierta, impida la marcha del coche.
II) Si dentro del foso no penetra el contrapeso, el ancho
será el del espesor del contrapeso
más 10 cm con un mínimo de 50 cm.
El largo del foso será igual al ancho de la caja. El hueco
se llenará con tierra compactada
exenta de escombro y de materia orgánica.
Al nivel del fondo de la caja, el hueco así llenado se cerrará
con una losa capaz de
soportar una carga estática doble del peso del contrapeso.
Las guías alcanzarán esta losa.
El fondo descripto en los Apartados I) y II), en contacto con la
tierra será de albañilería u
hormigón con aislamiento hidrófugo.
Las guías del coche alcanzarán el fondo de la caja.

F.c) (3) II)
(4) Acceso al fondo de la caja:
Cuando la profundidad del Claro Inferior es mayor que 1,45 m habrá,
para acceder al
fondo, una escalera de gato fija alcanzable desde la puerta del rellano,
o bien una puerta
de 0,50 m por 1,20 m mínimos, que abra hacia fuera de la caja,
con interruptor de marcha
del coche y con cerradura a llave. Además, contará
con iluminación eléctrica con llave
interruptora dentro de la caja operable desde el correspondiente
rellano, en circuito
independiente del de la fuerza motriz.
e) Ventilación de la caja:
Si la caja queda cerrada en toda su extensión por muros y
puertas llenas de rellano
contará con ventilación interior y superior.
(1) La ventilación inferior consistirá en un
vano de no menos que 1 dm2 practicado en la
pared más baja y resguardado con malla metálica u otra
forma equivalente.
(2) La ventilación superior será la de los agujeros
del cielo de la caja por donde pasan los
cables cuando no estén obturados; en este caso se practicará
un vano similar al
mencionado en el ítem (1) o se instalará un conducto.
f) Vanos en la caja:
Puede proporcionarse mayor iluminación natural a una caja
que dé a patio o al exterior
mediante vanos en sus paredes, a condición que tengan defensa
de malla o reja
metálicas, baldosas de vidrio o vidrio templado en paños
de 0,50 m2 como
máximo y lado
no mayor que 0,40 m.
En caso de usarse malla o reja deben emplearse en la instalación
materiales resistentes a
la intemperie.
g) Cajas exteriores:
Cuando se proyecte una caja al exterior no cerrada por muros o que
la cierren
parcialmente, donde éstos falten se colocarán las defensas
y en iguales condiciones a las
mencionadas en el inciso i).
Articulo 2°. Rellanos o descansos y pasajes de acceso a ascensores
El rellano o descanso, es el lugar fijo del edificio o de la estructura
desde cuyo nivel se
puede entrar o salir del coche.
El rellano frente a un ascensor o grupo de ascensores se dimensionará
de acuerdo a la
capacidad de la o de las cabinas, computándose las de los
coches de cajas enfrentadas,
adyacentes o que formen ángulo siendo hasta 10 personas, el
lado mínimo del rellano
igual a 1,00 m. Este lado se aumentará a razón de 20
cm por cada persona que exceda de
10.
El ancho mínimo de un pasaje que sirve a uno o más
ascensores será de 1,10 m.
Los rellanos o descansos y los pasajes comunicarán en forma
directa con un medio
exigido de salida. En caso de no existir esta comunicación
("palier" o rellano cerrado) el
ascensor contará con un sistema de maniobra acumulativa-selectiva
descendente como
mínimo y, además, en cada rellano:
a) Pulsador de llamada, con luz indicadora que la llamada
se cumple;
b) Intercomunicador (micrófono y auricular "portero
eléctrico") con pulsador que accione
un timbre de alarma y cuadro indicador luminoso ubicados en la vivienda
del portero o
encargado y en la portería cuando la haya.
En caso de no haber vivienda de portero o no haber portería,
los implementos
mencionados más arriba se colocarán junto a la entrada
del ascensor en Piso Bajo.
El circuito de dichos dispositivos será distinto al del ascensor.
c) Mirilla en la puerta;
d) Luz eléctrica encendida permanentemente sin llave,
interruptor o pulsador a disposición
del usuario.
El circuito de esta instalación será distinto del sistema
del ascensor. Queda prohibido
cualquier dispositivo que procure cerrar simultáneamente todas
las puertas.
e)Defensas en la caja respecto del paso del coche y del contrapeso
en ascensores y
montacargas
En todo el recorrido del coche y del contrapeso, cuando se encuentran
en caja no cerrada
por muros habrá, para la protección de las personas,
defensas adicionales, a saber:
- En el limón de una escalera, borde de un rellano
o solado que circunde la caja, la
defensa tendrá una altura mínima de 2,00 m medidos
sobre el plano del escalón, solado o
rellano;
- Frente a la puerta o puertas de la cabina por todo el ancho
de aquéllas, la defensa se
hallará entre el dintel de la puerta de rellano y el plano
del cielorraso;
- En toda la altura del piso cuando linde con depósito
o almacén, resguardando del vacío
de la caja. Las defensas serán de malla metálica. Los
huecos o espacios no permitirán el
paso de una esfera de 30 mm de diámetro cuando la distancia
entre la defensa y la parte
más saliente del coche o del contrapeso sea de hasta 2,00
m y una esfera de hasta 50
mm de diámetro si esta distancia supera los 0,20 m.
En reemplazo de la malla se puede emplear vidrio armado o vidrio
templado en paños no
mayores que 0,50 m de lado.
En todos los casos la defensa soportará una fuerza de 150
kg aplicada a cualquier punto.
A excepción de la que se debe colocar frente a la puerta de
la cabina, la defensa no es
necesaria cuando el coche o el contrapeso pasan alejados 0,70 m del
borde de la caja. En
caso de ascensores agrupados en una caja, se colocará entre
dos contiguos y el fondo de
la caja, una defensa de no menos que 2,00 m de alto. Esta defensa
puede tener una
puerta de 0,40 m por 1,00 m con hoja corrediza y con interruptor
de marcha de los coches
adyacentes.

F -.4
Si la defensa es de malla o de vidrio, debe satisfacer las condiciones
impuestas para estos
materiales.
Articulo 3°. Cuarto de máquinas de ascensores y montacargas.
Casilla o espacio
para poleas
a) Cuarto de máquinas:
El local destinado a alojar la maquinaria motriz, tableros y demás
implementos que
gobiernan el funcionamiento de un ascensor o de un montacarga, será
construido con
materiales incombustibles y satisfará las siguientes características:
(1) Superficie: La superficie S del cuarto de máquinas
es función de la sección transversal
de la caja según el tipo de máquinas en él instaladas:
I) Para cada máquina de tensión constante: S
> 3s;
II) Para cada máquina de tensión variable: S
> 4s;
No se exigirá, por máquina, mayor valor de S que: 8,00
m2 para
el Apartado
I) y 12,00 m2 para el Apartado II).
El lado mínimo del cuarto será: 2,20 m.
Cuando el sistema de propulsión sea hidráulico, no
es necesario
cumplimentar el requisito de la superficie pero sí el del
lado mínimo. En todos
los casos se satisfará el ítem (8).
(2) Muros y techos: Los muros y el techo no deben formar parte
de receptáculos que
contienen líquidos (como por ejemplo: tanque de agua).
Tanto los paramentos como el cielo raso serán terminados a
revoque liso, placas o
revoques acústicos.
(3) Entrepiso – Solado: El entrepiso debe ser capaz
de soportar el peso estático de la
maquinaria y sus efectos dinámicos.
Sólo para el paso de los cables, poleas deflectoras o de desvío,
se practicarán aberturas
con las medidas indispensables para ese fin. Cada abertura se resguardará
con un borde
elevado 3 cm por lo menos.
También puede colocarse una “trampa” utilizable
para tareas de montaje o conservación
con tapa a bisagra y pasador; la tapa batirá hacia el cuarto,
estará permanentemente
cerrada y soportará 450 kg/m2 mínimo. El solado, en
los lugares de paso, será liso, por
ejemplo: baldosas o mezcla de cemento.
(4) Altura libre: El punto más bajo del cielo raso
o del intradós de vigas distará del solado
no menos que 2,00 m.
(5) Ventilación: La ventilación será
natural y permanente que dé, por lo menos, a patio
auxiliar.
La ventilación se efectuará por una de las siguientes
maneras:
I) vanos laterales colocados en zonas opuestas;
II) vano lateral y cenital (claraboya);
III) vano lateral y conducto.
Los vanos laterales y las partes verticales del vano cenital (claraboya),
tendrán persianas
fijas.
El área total de ventilación (incluidas las persianas),
cualquiera sea de las mencionadas en
los Apartados I), II) y III), será igual o mayor que 0,025
de la superficie S del local
determinada en el ítem (1), con un mínimo, también
total, de 0,30 m2. Cuando se use
conducto, el lado de la sección transversal no será
menor que 0,20 m. Cuando en el cuarto haya
máquina motriz a tensión variable o máquina
motriz a tensión constante de
más de una velocidad que exceda los 45 m por minuto de velocidad
nominal, además de
la ventilación natural habrá otra mecánica por
extracción, capaz de producir 20
renovaciones horarias del volumen del local que entre automáticamente
en funcionamiento
si la temperatura ambiente, a más de 1,00 m en torno de la
máquina motriz, alcanza los
35° C.
Para caso de cuarto de máquinas no ubicado en la parte superior
de la caja, ésta puede
servir de conducto siempre que, en su parte alta, tenga vanos de
áreas que sumadas a las
que corresponde al cuarto, no sean inferiores a la establecida más
arriba. Asimismo el
cuarto puede comunicar a patio, mediante conducto de no más
que 1,50 m en horizontal.
(6) Iluminación: La iluminación artificial es
obligatoria, a electricidad, en circuito distinto del
de la fuerza motriz no inferior a 15 W por metro cuadrado respecto
de la superficie S del
cuarto, en bocas de luz cenitales de modo que la iluminación
resulte repartida en el local.
El interruptor de la luz estará junto a la entrada del cuarto,
cerca del marco
correspondiente a la cerradura de la puerta.
7) Acceso: El acceso al cuarto de máquinas será
fácil y cómodo a través de pasos en
continuidad con el medio exigido de salida. Cuando en el acceso hay
escalera, ésta tendrá
no menos que 0,70 de ancho. En caso de ser exterior al cuarto tendrá
un rellano en
coincidencia con la puerta que permita batir la hoja de ésta
y baranda si posee más de 2
escalones, igualmente tendrá baranda lateral. Si el desnivel
a salvar es menor o igual que
1,00 m la escalera puede ser de tipo “marinera” de igual
ancho y pendiente máxima 60º,
sin rellano, pedada mínima 0,25 m, alzada máxima 0,19
m con pasamano a 0,90 m
medidos sobre el pedaño; la luz libre respecto de un paramento
o cielo raso inclinados
paralelos a la escalera, será 1,80 m. No es permitido barandas
tipo “gato”.
Cuando el acceso se haga a través de azotea transitable, si
ésta no tiene parapeto debe
proveerse una defensa de 0,90 m de alto mínimo en el trayecto
a dicho acceso.
El vano de la puerta tendrá respectivamente como mínimo
1,80 m de alto y 0,70 m de
ancho entre parantes. La hoja de la puerta será de material
incombustible, abrirá hacia
fuera del cuarto, estará provista de cerradura con llave y
puede tener vidrio armado en
paño no mayor que 0,50 de lado en su tercio superior.
(8) Pasos:
I) Junto a máquina:Al solo y único efecto de
fijar los pasos junto a la
“máquina”, se considera como tal al grupo compuesto
por la máquina motriz,
el regulador de velocidad, el selector de pisos y, eventualmente,
el grupo
electrógeno.
El ancho mínimo de paso es 0,50 m.
Cuando en el cuarto se instala una “máquina”,
habrá pasos en dos lados
contiguos de ésta.
Cuando en el cuarto se instala más de una "máquina"
es admisible:
- que integren un conjunto, en cuyo caso, habrá pasos en tres
lados
contiguos, siendo común uno de ellos;
- que no integren un conjunto, en cuyo caso, cada "máquina"
se considerará
independiente y tendrá pases en dos lados contiguos;
- que alguna "máquina" no integre un conjunto, en
cuyo caso, a cada
situación se le aplicará lo que corresponda de acuerdo
a lo establecido
precedentemente.
Uno de los pasos permitirá el accionamiento manual de la máquina
motriz.
Cuando dos o más ascensores están dentro de una misma
caja, los muros
laterales (derecho-izquierdo de los coches) del cuarto de máquinas,
dejarán
un paso de no menos que 0,50 m a cada lado.
II) Junto a tableros de control de la maniobra:
El ancho mínimo de paso es:
- 0,70 m al frente y atrás del tablero, medidos desde el plomo
de máxima
saliente. Si todas las conexiones son frontales no se exigirá
paso en la parte
de atrás;
- 0,50 m al costado del tablero. Cuando hay varios tableros en línea,
es
suficiente el paso en un extremo del alineamiento.
Si el tablero tiene base, ésta no excederá los 5 cm
del plomo de máxima
saliente.
III) La comunicación entre pasos no será menor
que 0,50 m de ancho.
IV) Todos los pasos estarán libres de obstrucciones.
V) Cuando entre el plomo de máxima saliente de un tablero
y la jamba de la puerta de entrada al cuarto de máquinas hay 0,30 m o menos,
se colocará
una defensa contra contactos casuales.
La figura F-5 ilustra, en general, el criterio a seguir según
los apartados
precedentes.
(9) Aparejo: Próximo al centro de cada máquina
motriz habrá un dispositivo para amarrar
el aparejo de sustentación para el armado y desarme, que será
capaz de soportar una vez
y media el paso de la máquina motriz.
(10) Extintor de incendio: Junto a la puerta de entrada, en
el interior del cuarto de
máquinas habrá permanentemente un extintor de incendio
de 5 kg de capacidad de
bióxido de carbono (CO2).

F-5
b) Casilla o espacio para poleas:
Cuando no se emplace directamente la máquina motriz en la
parte superior de la caja,
habrá una casilla para alojar las poleas de sostén
o de desvío, construida con materiales
incombustibles.
La casilla tendrá las siguientes características:
(1) Superficie: La superficie será, como mínimo,
la de la sección transversal de la caja.
(2) Entrepiso: El entrepiso y el solado responderán
a lo establecido en el ítem (3) del inciso
a).
(3) Altura libre: La altura, medida en la forma prescripta
en el ítem (4) del Inciso a), no será
inferior a 1,70 m.
(4) Ventilación e iluminación: La casilla no
requerirá ventilación obligatoria.
La iluminación será artificial a electricidad en la
forma indicada en el ítem (6) del Inciso a).
(5) Acceso: El acceso a la casilla se hará a través
de pasos comunes conectados al medio
exigido de salida.
El vano de la puerta no será menor que 1,60 m de alto y 0,60
m de ancho entre parantes.
La hoja será de material incombustible provista de cerradura
con llave. Para alcanzar esta
puerta puede utilizarse escalera tipo "marinera" fija en
un extremo por lo menos.
c) Plataforma de poleas:
Cuando la casilla mencionada en el Inciso b) no sea posible, en su
reemplazo puede
haber una plataforma que permita llegar a las poleas. En los pasos
la altura m&iac |