LA MATANZA,
VISTO:
Que la Ordenanza N° 10656 promulgada
CONSIDERANDO :
Que conforme surje del art. 24 de la citada normativa. El Departamento
Ejecutivo es responsable
de verificar el estricto cumplimiento de la referida ordenanza
Que corresponde al Departamento Ejecutivo implementar el sistema
de control técnico de las
instalaciones de transporte vertical y habilitación tanto
de las nuevas como el registro de las
existentes, estableciendo el método de inspección y
las normativas a las cuales deben ajustarse las
instalaciones
Que es deber de La Municipalidad propender a dictaminar las características
de las instalaciones
tendientes a lograr la seguridad de los usuarios , teniendo en cuenta
la gran cantidad de personas
que utilizan diariamente las mismas.
Que el parque actual de las instalaciones posee cierta antigüedad
que justifica efectuar un control
del mismo, en virtud del desgaste natural de sus partes y componentes.
Que el Art. 26° de la Ordenanza mencionada faculta al Departamento
Ejecutivo a dictar las normas
de carácter técnico que mantengan actualizada las exigencias
en materia de instalación,
mantenimiento y control del funcionamiento de medios mecánicos
tales como ascensores,
montacargas , escaleras mecánicas , rampas móviles
, guarda mecanizada de vehículos y otros
medios de circulación vertical que transportan personas o
cosas
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos ha
elaborado las normas y sistemas para dar
cumplimiento a la citada ordenanza
Que la Asesoría Letrada ha tomado la intervención
de su competencia mediante el Dictamen
N°.....
POR TANTO
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LA MATANZA
DECRETA
NORMATIVA PARA LA CONSTRUCCIÓN, INSTALACIÓN,
HABILITACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ASCENSORES,
MONTACARGAS, ESCALERAS MECÁNICAS, RAMPAS MÓVILES
Y
GUARDA MECANIZADA DE VEHÍCULOS
CAPÍTULO I
ASCENSORES Y MONTACARGAS
Articulo.1° Cajas del ascensor o del montacargas. Características
y dimensiones
La "caja del ascensor" es la expresión por la cual
se distingue al recinto que, en un edificio
o en una estructura, se destina para emplazar el ascensor o el montacargas.
La caja será de construcción incombustible.
Dentro de la caja, o embutido en los muros que la cierran, no debe
haber canalizaciones
ajenas al servicio de la instalación, como título de
ejemplo se cita: gas, agua, cloacas,
calefacción, teléfono, bajada de antenas, electricidad,
chimenea.
En caso de conductos calientes externos a la caja pero adosados a
sus muros, el calor no
debe afectar al funcionamiento del ascensor o del montacargas.
Toda instalación de transporte vertical, cualquiera sea su
uso y destino, debe cumplir con
las normativas vigentes municipales y provinciales respecto a ruidos
y vibraciones, y es
responsabilidad del propietario su cumplimiento.
a) Planta de la caja:
La planta (sección transversal) de la caja será capaz
de dar cabida al coche, contrapeso,
guías y sus soportes y demás elementos propios para
el funcionamiento de todo el equipo.
La mínima sección transversal S de la caja se determinará
en función de los valores
resultantes de aplicar los ítem 1) y 2) del Inciso a) de "Requisitos
para la cabina de
ascensores" añadiendo 0,35 m a las dimensiones a y b
de la cabina.
b) Altura de la caja:
La altura o elevación de la caja está compuesta por
el Recorrido R y los Claros, Superior
CS e Inferior CI (ver figura).
El Recorrido R es la distancia comprendida entre el rellano o parada
más bajo y el rellano
o parada más alto.
El Claro Superior CS, es el comprendido entre el nivel del rellano
más alto y el plano
horizontal del cielo de la caja o cualquier saliente de éste:
y será:

El Claro Inferior CI, es el comprendido entre el
nivel de rellano más bajo y el fondo de la
caja, y será:


F.1
1) Sobrerrecorrido superior y espacio libre superior:
I) Sobrerrecorrido superior:
Se entiende por sobrerrecorrido superior:
Para coche: La distancia máxima que puede desplazarse el coche
hacia
arriba si, accidentalmente, no se detiene al nivel del rellano más
alto. Esta
distancia se determina en correspondencia con el contrapeso. Ver
figura y
símbolos del ítem 3):
Cuando el coche está nivelado en el rellano más alto:
- Si el contrapeso no toca su paragolpe, el sobrerrecorrido será:

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se
comprime parcialmente, siendo f = 0, el sobrerrecorrido será:

Para el contrapeso: la distancia máxima que
puede desplazarse el
contrapeso hacia arriba si, accidentalmente, el coche no se detiene
a nivel
del rellano más bajo. Esta distancia se determina en correspondencia
con el
coche. Ver figura y símbolos del ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más bajo:
- Si el coche no toca a su paragolpe, el sobrerrecorrido será:

- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente, siendo h = 0, el sobrerrecorrido será:

II) Espacio libre superior: Se entiende por espacio
libre superior:
Para el coche: La distancia que debe quedar entre la parte más
alta del coche (bastidor,
polea u otro dispositivo excepto guiadores), y obstáculo más
próximo directamente
ubicado en correspondencia con el travesaño estando el coche
nivelado en el rellano más
alto. Ver figura y símbolos ítem 3).
- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y en el travesaño
superior del coche no hay
polea ni otro equipo montado en él o bien que haya estos dispositivos
sobresaliendo una
medida d < 0,00 m el espacio libre será:

- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y del travesaño
superior del coche sobresale una
polea u otro equipo montado en él de alto.

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente, siendo f = 0, cuando en el travesaño superior
del coche no hay polea ni
equipo montado en él o bien que haya estos dispositivos sobresaliendo
d 0,60 m el
espacio libre será:

y cuando estos dispositivos sobresalen una medida
d 0,60 m, el espacio libre será:

- Si el contrapeso no toca a su paragolpe y sobre
la cabina hay un mecanismo de puertas
o cualquier otro equipo:

- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime
parcialmente y sobre la cabina hay un mecanismo de puertas o cualquier
otro equipo,
siendo f = 0;
Si d < 0,60 m debe cumplirse simultáneamente:

Para el contrapeso: La distancia que debe quedar
entre la parte más alta del contrapeso
(bastidor, polea u otro dispositivo excepto guiadores) y el obstáculo
más próximo
directamente ubicado en correspondencia con el contrapeso estando
el coche nivelado en
el rellano más bajo. Ver figura y símbolo del ítem
3).
- Si el coche no toca a su paragolpe, el espacio libre será:

- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste
es hidráulico y se comprime parcialmente,
siendo h = 0, el espacio libre será:

III) En los casos de las fórmulas (1) a (14)
mencionadas en los Apartados I), II), el término
S/2 puede ser omitido si se usa paragolpe hidráulico y se
prevén dispositivos que impiden
el "salto" del coche o del contrapeso cuando el contragolpe
o el coche, respectivamente,
chocan con su paragolpe.
2) Sobrerrecorrido inferior y espacio libre inferior:
I) Sobrerrecorrido inferior:
Se entiende por sobrerrecorrido inferior:
Para el coche: La distancia máxima que puede desplazarse el
coche hacia abajo si,
accidentalmente, no se detiene al nivel del rellano más bajo.
Ver figuras y símbolos del
ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más bajo:
- Si el coche no toca a su paragolpe, el sobrerrecorrido será:
h + i1;
- Si el coche se apoya en su paragolpe y éste es hidráulico
y se comprime parcialmente,
siendo h = 0, el sobrerrecorrido será:
i2
Para el contrapeso: La distancia máxima que puede desplazarse
el contrapeso hacia
abajo si, accidentalmente, el coche no se detiene al nivel del rellano
más alto. Ver figura y
símbolos del ítem 3).
Cuando el coche está nivelado en el rellano más alto:
- Si el contrapeso no toca a su paragolpe, breve sobrerrecorrido
será:
f + e1;
- Si el contrapeso se apoya en su paragolpe y éste es hidráulico
y se comprime
parcialmente siendo f = 0, el sobrerrecorrido será:
e2;
II) Espacio libre inferior: Se entiende por espacio libre inferior,
para el coche únicamente, a
la distancia que debe quedar entre la parte más baja del coche
(bastidor u otro dispositivo
excepto guiadores, bloques de paracaídas, pantalla de defensa
del coche) y el fondo de la
caja cuando el coche apoyado en su paragolpe lo comprima totalmente:

3) Los símbolos de la figura y los de las fórmulas tienen
los siguientes significados:
a1,
a2 Distancias
verticales cuando el coche está nivelado en la parada o rellano
más alto,
comprendidas entre la parte superior del travesaño del bastidor
o de cualquier equipo,
instalación o polea sujeta a dicho travesaño o bien
colocados arriba de la cabina y el
obstáculo más próximo emplazado encima de ellos,
respectivamente.
b1 Distancia
vertical comprendida entre el solado de la cabina y la parte más
alta del
travesaño del bastidor del coche;
b2 Distancia
vertical comprendida entre el solado de la cabina y cualquier equipo
situado
sobre ésta.
d Distancia vertical comprendida entre la parte superior del travesaño
y la parte más alta
de una polea o cualquier otro equipo que se proyecte por encima de
ese travesaño.
e1 Carrera
de compresión total del paragolpe del contrapeso (ver paragolpes).
e2 Parte
no comprimida del paragolpe hidráulico con retorno a resorte
del contrapeso
cuando el coche está nivelado en la parada o rellano más
alto,

f Distancia entre la placa de apoyo del bastidor
del contrapeso y la extremidad libre de su
paragolpe cuando el coche nivelado en la parada o rellano más
alto (ver paragolpes).
h Distancia entre la placa de apoyo del bastidor del coche y la extremidad
libre de su
paragolpe estando el coche nivelado en la parada o rellano más
bajo (ver paragolpes).
i1 Carrera
de compresión total del paragolpe del coche (ver paragolpes).
i2 Parte
no comprimida del paragolpe hidráulico con retorno a resorte
del coche, cuando
éste está nivelado en la parada o rellano más
bajo.

j1,
j2 Distancias
verticales, cuando el coche está nivelado en la parada o rellano
más bajo,
comprendidas entre la parte superior del bastidor o cualquier equipo
sujeto al contrapeso
(por ejemplo: guiadores, poleas) y un eventual obstáculo en
el cielo de la caja.
I1,
I2 Distancias
verticales comprendidas entre el nivel de la parada o rellano más
alto y la
parte superior del contrapeso o de cualquier equipo sujeto a él,
cuando el coche está
nivelado en la parada o rellano más bajo.
m Distancia vertical entre el solado de la cabina y la superficie
inferior de la placa de
apoyo con el paragolpes.
q1 Distancia
vertical entre la superficie inferior de la placa de apoyo del coche
con su
paragolpe, cuando éste está totalmente comprimido y
el fondo de la caja.
q2 Distancia
vertical entre la parte más baja de cualquier equipo sujeto al
coche (excepto
guiadores, bloques de paracaídas y pantalla de defensa del
coche) que sobresale debajo
del travesaño inferior y el fondo de la caja con el paragolpe
totalmente comprimido.
r Distancia vertical comprendida entre la placa del paragolpe y la
parte más baja de
cualquier equipo (excepto guiadores, bloques de paracaídas
y pantalla de defensa del
coche) sujeto al coche.
S Distancia que "salta" el coche o el contrapeso al chocar
con su respectivo paragolpe.
donde:

t Altura, sobre el fondo de la caja, del paragolpe
sin comprimir.
c) Chaflán en coincidencia con las puertas de rellano:
En el plano vertical de la caja que coincide con la ubicación
de las puertas de los rellanos,
en la parte inferior de las solias de éstas cuando rebasan
dicho plano, habrá un chaflán
liso y recto de identificación, de no más de 30º
respecto de esa vertical.
d) Fondo de la caja:
(1) Caja apoyada directamente sobre el terreno:
Cuando todo el fondo de la caja del ascensor apoya directamente sobre
el terreno, este
fondo será de albañilería o de hormigón
con aislamiento hidrófugo.

Las guías del coche y las guías del
contrapeso alcanzarán el fondo de la caja.
(2) Caja no apoyada sobre el terreno:
Cuando todo el fondo de la caja no apoya directamente sobre el terreno,
esto es que
debajo hay un espacio, dicho fondo constituirá un entrepiso
calculado teniendo en cuenta
una carga estática E equivalente al doble de la suma del peso
P de la cabina con la carga
C, que puede transportar más las cargas C2 suplementarias:
E = 2 (p + C1 +
C2)
F - c) (2)

Las guías del coche y las guías del
contrapeso, el cual debe tener paracaídas, alcanzarán
al fondo de la caja
(3) Caja parcialmente no apoyada sobre el terreno:
Cuando el fondo de la caja del ascensor no apoya total y directamente
sobre el terreno,
esto es que debajo hay un espacio y el contrapeso no tiene paracaídas,
dicho fondo se
calculará en la misma forma establecida en el ítem
(2).
E = 2 (p+ C1 +
C2)

F - (3) (I)
En correspondencia con el contrapeso habrá un pozo o foso
que llegará al terreno con
paredes de hormigón armado de 8 cm de espesor mínimo.
I) Si dentro del foso penetra el contrapeso el ancho del foso
será el del espesor del
contrapeso más 10 cm con un máximo de 50 cm. El largo
del foso será suficiente para
alojar el contrapeso con sus guías y sus soportes. En este
caso las guías llegarán al fondo
del foso donde se ubicarán los elementos que van debajo del
contrapeso.
El hueco tendrá un acceso con puerta de material incombustible,
con cerradura a llave,
que cuando está abierta, impida la marcha del coche.
II) Si dentro del foso no penetra el contrapeso, el ancho
será el del espesor del contrapeso
más 10 cm con un mínimo de 50 cm.
El largo del foso será igual al ancho de la caja. El hueco
se llenará con tierra compactada
exenta de escombro y de materia orgánica.
Al nivel del fondo de la caja, el hueco así llenado se cerrará
con una losa capaz de
soportar una carga estática doble del peso del contrapeso.
Las guías alcanzarán esta losa.
El fondo descripto en los Apartados I) y II), en contacto con la
tierra será de albañilería u
hormigón con aislamiento hidrófugo.
Las guías del coche alcanzarán el fondo de la caja.

F.c) (3) II)
(4) Acceso al fondo de la caja:
Cuando la profundidad del Claro Inferior es mayor que 1,45 m habrá,
para acceder al
fondo, una escalera de gato fija alcanzable desde la puerta del rellano,
o bien una puerta
de 0,50 m por 1,20 m mínimos, que abra hacia fuera de la caja,
con interruptor de marcha
del coche y con cerradura a llave. Además, contará
con iluminación eléctrica con llave
interruptora dentro de la caja operable desde el correspondiente
rellano, en circuito
independiente del de la fuerza motriz.
e) Ventilación de la caja:
Si la caja queda cerrada en toda su extensión por muros y
puertas llenas de rellano
contará con ventilación interior y superior.
(1) La ventilación inferior consistirá en un
vano de no menos que 1 dm2 practicado en la
pared más baja y resguardado con malla metálica u otra
forma equivalente.
(2) La ventilación superior será la de los agujeros
del cielo de la caja por donde pasan los
cables cuando no estén obturados; en este caso se practicará
un vano similar al
mencionado en el ítem (1) o se instalará un conducto.
f) Vanos en la caja:
Puede proporcionarse mayor iluminación natural a una caja
que dé a patio o al exterior
mediante vanos en sus paredes, a condición que tengan defensa
de malla o reja
metálicas, baldosas de vidrio o vidrio templado en paños
de 0,50 m2 como
máximo y lado
no mayor que 0,40 m.
En caso de usarse malla o reja deben emplearse en la instalación
materiales resistentes a
la intemperie.
g) Cajas exteriores:
Cuando se proyecte una caja al exterior no cerrada por muros o que
la cierren
parcialmente, donde éstos falten se colocarán las defensas
y en iguales condiciones a las
mencionadas en el inciso i).
Articulo 2°. Rellanos o descansos y pasajes de acceso a ascensores
El rellano o descanso, es el lugar fijo del edificio o de la estructura
desde cuyo nivel se
puede entrar o salir del coche.
El rellano frente a un ascensor o grupo de ascensores se dimensionará
de acuerdo a la
capacidad de la o de las cabinas, computándose las de los
coches de cajas enfrentadas,
adyacentes o que formen ángulo siendo hasta 10 personas, el
lado mínimo del rellano
igual a 1,00 m. Este lado se aumentará a razón de 20
cm por cada persona que exceda de
10.
El ancho mínimo de un pasaje que sirve a uno o más
ascensores será de 1,10 m.
Los rellanos o descansos y los pasajes comunicarán en forma
directa con un medio
exigido de salida. En caso de no existir esta comunicación
("palier" o rellano cerrado) el
ascensor contará con un sistema de maniobra acumulativa-selectiva
descendente como
mínimo y, además, en cada rellano:
a) Pulsador de llamada, con luz indicadora que la llamada
se cumple;
b) Intercomunicador (micrófono y auricular "portero
eléctrico") con pulsador que accione
un timbre de alarma y cuadro indicador luminoso ubicados en la vivienda
del portero o
encargado y en la portería cuando la haya.
En caso de no haber vivienda de portero o no haber portería,
los implementos
mencionados más arriba se colocarán junto a la entrada
del ascensor en Piso Bajo.
El circuito de dichos dispositivos será distinto al del ascensor.
c) Mirilla en la puerta;
d) Luz eléctrica encendida permanentemente sin llave,
interruptor o pulsador a disposición
del usuario.
El circuito de esta instalación será distinto del sistema
del ascensor. Queda prohibido
cualquier dispositivo que procure cerrar simultáneamente todas
las puertas.
e)Defensas en la caja respecto del paso del coche y del contrapeso
en ascensores y
montacargas
En todo el recorrido del coche y del contrapeso, cuando se encuentran
en caja no cerrada
por muros habrá, para la protección de las personas,
defensas adicionales, a saber:
- En el limón de una escalera, borde de un rellano
o solado que circunde la caja, la
defensa tendrá una altura mínima de 2,00 m medidos
sobre el plano del escalón, solado o
rellano;
- Frente a la puerta o puertas de la cabina por todo el ancho
de aquéllas, la defensa se
hallará entre el dintel de la puerta de rellano y el plano
del cielorraso;
- En toda la altura del piso cuando linde con depósito
o almacén, resguardando del vacío
de la caja. Las defensas serán de malla metálica. Los
huecos o espacios no permitirán el
paso de una esfera de 30 mm de diámetro cuando la distancia
entre la defensa y la parte
más saliente del coche o del contrapeso sea de hasta 2,00
m y una esfera de hasta 50
mm de diámetro si esta distancia supera los 0,20 m.
En reemplazo de la malla se puede emplear vidrio armado o vidrio
templado en paños no
mayores que 0,50 m de lado.
En todos los casos la defensa soportará una fuerza de 150
kg aplicada a cualquier punto.
A excepción de la que se debe colocar frente a la puerta de
la cabina, la defensa no es
necesaria cuando el coche o el contrapeso pasan alejados 0,70 m del
borde de la caja. En
caso de ascensores agrupados en una caja, se colocará entre
dos contiguos y el fondo de
la caja, una defensa de no menos que 2,00 m de alto. Esta defensa
puede tener una
puerta de 0,40 m por 1,00 m con hoja corrediza y con interruptor
de marcha de los coches
adyacentes.

F -.4
Si la defensa es de malla o de vidrio, debe satisfacer las condiciones
impuestas para estos
materiales.
Articulo 3°. Cuarto de máquinas de ascensores y montacargas.
Casilla o espacio
para poleas
a) Cuarto de máquinas:
El local destinado a alojar la maquinaria motriz, tableros y demás
implementos que
gobiernan el funcionamiento de un ascensor o de un montacarga, será
construido con
materiales incombustibles y satisfará las siguientes características:
(1) Superficie: La superficie S del cuarto de máquinas
es función de la sección transversal
de la caja según el tipo de máquinas en él instaladas:
I) Para cada máquina de tensión constante: S
> 3s;
II) Para cada máquina de tensión variable: S
> 4s;
No se exigirá, por máquina, mayor valor de S que: 8,00
m2 para
el Apartado
I) y 12,00 m2 para el Apartado II).
El lado mínimo del cuarto será: 2,20 m.
Cuando el sistema de propulsión sea hidráulico, no
es necesario
cumplimentar el requisito de la superficie pero sí el del
lado mínimo. En todos
los casos se satisfará el ítem (8).
(2) Muros y techos: Los muros y el techo no deben formar parte
de receptáculos que
contienen líquidos (como por ejemplo: tanque de agua).
Tanto los paramentos como el cielo raso serán terminados a
revoque liso, placas o
revoques acústicos.
(3) Entrepiso – Solado: El entrepiso debe ser capaz
de soportar el peso estático de la
maquinaria y sus efectos dinámicos.
Sólo para el paso de los cables, poleas deflectoras o de desvío,
se practicarán aberturas
con las medidas indispensables para ese fin. Cada abertura se resguardará
con un borde
elevado 3 cm por lo menos.
También puede colocarse una “trampa” utilizable
para tareas de montaje o conservación
con tapa a bisagra y pasador; la tapa batirá hacia el cuarto,
estará permanentemente
cerrada y soportará 450 kg/m2 mínimo. El solado, en
los lugares de paso, será liso, por
ejemplo: baldosas o mezcla de cemento.
(4) Altura libre: El punto más bajo del cielo raso
o del intradós de vigas distará del solado
no menos que 2,00 m.
(5) Ventilación: La ventilación será
natural y permanente que dé, por lo menos, a patio
auxiliar.
La ventilación se efectuará por una de las siguientes
maneras:
I) vanos laterales colocados en zonas opuestas;
II) vano lateral y cenital (claraboya);
III) vano lateral y conducto.
Los vanos laterales y las partes verticales del vano cenital (claraboya),
tendrán persianas
fijas.
El área total de ventilación (incluidas las persianas),
cualquiera sea de las mencionadas en
los Apartados I), II) y III), será igual o mayor que 0,025
de la superficie S del local
determinada en el ítem (1), con un mínimo, también
total, de 0,30 m2. Cuando se use
conducto, el lado de la sección transversal no será
menor que 0,20 m. Cuando en el cuarto haya
máquina motriz a tensión variable o máquina
motriz a tensión constante de
más de una velocidad que exceda los 45 m por minuto de velocidad
nominal, además de
la ventilación natural habrá otra mecánica por
extracción, capaz de producir 20
renovaciones horarias del volumen del local que entre automáticamente
en funcionamiento
si la temperatura ambiente, a más de 1,00 m en torno de la
máquina motriz, alcanza los
35° C.
Para caso de cuarto de máquinas no ubicado en la parte superior
de la caja, ésta puede
servir de conducto siempre que, en su parte alta, tenga vanos de
áreas que sumadas a las
que corresponde al cuarto, no sean inferiores a la establecida más
arriba. Asimismo el
cuarto puede comunicar a patio, mediante conducto de no más
que 1,50 m en horizontal.
(6) Iluminación: La iluminación artificial es
obligatoria, a electricidad, en circuito distinto del
de la fuerza motriz no inferior a 15 W por metro cuadrado respecto
de la superficie S del
cuarto, en bocas de luz cenitales de modo que la iluminación
resulte repartida en el local.
El interruptor de la luz estará junto a la entrada del cuarto,
cerca del marco
correspondiente a la cerradura de la puerta.
7) Acceso: El acceso al cuarto de máquinas será
fácil y cómodo a través de pasos en
continuidad con el medio exigido de salida. Cuando en el acceso hay
escalera, ésta tendrá
no menos que 0,70 de ancho. En caso de ser exterior al cuarto tendrá
un rellano en
coincidencia con la puerta que permita batir la hoja de ésta
y baranda si posee más de 2
escalones, igualmente tendrá baranda lateral. Si el desnivel
a salvar es menor o igual que
1,00 m la escalera puede ser de tipo “marinera” de igual
ancho y pendiente máxima 60º,
sin rellano, pedada mínima 0,25 m, alzada máxima 0,19
m con pasamano a 0,90 m
medidos sobre el pedaño; la luz libre respecto de un paramento
o cielo raso inclinados
paralelos a la escalera, será 1,80 m. No es permitido barandas
tipo “gato”.
Cuando el acceso se haga a través de azotea transitable, si
ésta no tiene parapeto debe
proveerse una defensa de 0,90 m de alto mínimo en el trayecto
a dicho acceso.
El vano de la puerta tendrá respectivamente como mínimo
1,80 m de alto y 0,70 m de
ancho entre parantes. La hoja de la puerta será de material
incombustible, abrirá hacia
fuera del cuarto, estará provista de cerradura con llave y
puede tener vidrio armado en
paño no mayor que 0,50 de lado en su tercio superior.
(8) Pasos:
I) Junto a máquina:Al solo y único efecto de
fijar los pasos junto a la
“máquina”, se considera como tal al grupo compuesto
por la máquina motriz,
el regulador de velocidad, el selector de pisos y, eventualmente,
el grupo
electrógeno.
El ancho mínimo de paso es 0,50 m.
Cuando en el cuarto se instala una “máquina”,
habrá pasos en dos lados
contiguos de ésta.
Cuando en el cuarto se instala más de una "máquina"
es admisible:
- que integren un conjunto, en cuyo caso, habrá pasos en tres
lados
contiguos, siendo común uno de ellos;
- que no integren un conjunto, en cuyo caso, cada "máquina"
se considerará
independiente y tendrá pases en dos lados contiguos;
- que alguna "máquina" no integre un conjunto, en
cuyo caso, a cada
situación se le aplicará lo que corresponda de acuerdo
a lo establecido
precedentemente.
Uno de los pasos permitirá el accionamiento manual de la máquina
motriz.
Cuando dos o más ascensores están dentro de una misma
caja, los muros
laterales (derecho-izquierdo de los coches) del cuarto de máquinas,
dejarán
un paso de no menos que 0,50 m a cada lado.
II) Junto a tableros de control de la maniobra:
El ancho mínimo de paso es:
- 0,70 m al frente y atrás del tablero, medidos desde el plomo
de máxima
saliente. Si todas las conexiones son frontales no se exigirá
paso en la parte
de atrás;
- 0,50 m al costado del tablero. Cuando hay varios tableros en línea,
es
suficiente el paso en un extremo del alineamiento.
Si el tablero tiene base, ésta no excederá los 5 cm
del plomo de máxima
saliente.
III) La comunicación entre pasos no será menor
que 0,50 m de ancho.
IV) Todos los pasos estarán libres de obstrucciones.
V) Cuando entre el plomo de máxima saliente de un tablero
y la jamba de la puerta de entrada al cuarto de máquinas hay 0,30 m o menos,
se colocará
una defensa contra contactos casuales.
La figura F-5 ilustra, en general, el criterio a seguir según
los apartados
precedentes.
(9) Aparejo: Próximo al centro de cada máquina
motriz habrá un dispositivo para amarrar
el aparejo de sustentación para el armado y desarme, que será
capaz de soportar una vez
y media el paso de la máquina motriz.
(10) Extintor de incendio: Junto a la puerta de entrada, en
el interior del cuarto de
máquinas habrá permanentemente un extintor de incendio
de 5 kg de capacidad de
bióxido de carbono (CO2).

F-5
b) Casilla o espacio para poleas:
Cuando no se emplace directamente la máquina motriz en la
parte superior de la caja,
habrá una casilla para alojar las poleas de sostén
o de desvío, construida con materiales
incombustibles.
La casilla tendrá las siguientes características:
(1) Superficie: La superficie será, como mínimo,
la de la sección transversal de la caja.
(2) Entrepiso: El entrepiso y el solado responderán
a lo establecido en el ítem (3) del inciso
a).
(3) Altura libre: La altura, medida en la forma prescripta
en el ítem (4) del Inciso a), no será
inferior a 1,70 m.
(4) Ventilación e iluminación: La casilla no
requerirá ventilación obligatoria.
La iluminación será artificial a electricidad en la
forma indicada en el ítem (6) del Inciso a).
(5) Acceso: El acceso a la casilla se hará a través
de pasos comunes conectados al medio
exigido de salida.
El vano de la puerta no será menor que 1,60 m de alto y 0,60
m de ancho entre parantes.
La hoja será de material incombustible provista de cerradura
con llave. Para alcanzar esta
puerta puede utilizarse escalera tipo "marinera" fija en
un extremo por lo menos.
c) Plataforma de poleas:
Cuando la casilla mencionada en el Inciso b) no sea posible, en su
reemplazo puede
haber una plataforma que permita llegar a las poleas. En los pasos
la altura mínima será
de 1,70 m y el ancho no inferior a 0,50 m resguardados por baranda
o parapeto. La
iluminación se hará en la forma indicada en el ítem
(6) del Inciso a).
d) Excepciones:
Cuando, desde la parte superior del coche puede un operario alcanzar
las poleas, no será
necesario cumplimentar los Incisos b) y c).
Igualmente, en caso de haber cuarto de máquinas en la parte
alta de la caja y se colocan
poleas de desvío alcanzables desde el techo del coche, tampoco
se satisfarán los Incisos
b) y c).
e) Prohibición:
En el cuarto de máquinas, en la casilla de poleas o en la
plataforma, es prohibido usarlos
como depósito o paso hacia otros ambientes.
También es prohibido ubicar implementos,
instalaciones o conductos ajenos al ascensor o al montacargas o materiales
para la
conservación de éstos.
Articulo 4°Guías del coche y de su contrapeso en ascensores
y montacargas
Las guías son los elementos que aseguran, según una
dirección, el desplazamiento del coche y el de su contrapeso en los respectivos recorridos. Las guías
serán macizas, de
acero laminado. La calidad del acero no será inferior al tipo
IRAM 1010 ni superior al tipo
IRAM 1030.
Se podrá usar guías de otros materiales distintos del
acero siempre que ensayos de
laboratorio den resultados iguales o superiores al del acero sometido
a las mismas
pruebas.
Quedan prohibidas las guías de fundición de hierro
y las de chapa doblada. Las guías
deben resistir los esfuerzos verticales y transversales producidos
por le movimiento del
coche o del contrapeso, sin que sufran deformaciones fuera de las
especificadas en este
Reglamento.
Si el huelgo en los extremos superiores de las guías supera
los 50 mm se colocarán en las
caras laterales del hongo de cada riel y al final de las guías,
topes fijos que impidan el
avance de los guiadores. Estos topes serán capaces de soportar
el esfuerzo dinámico
producido por el peso del coche más la carga máxima
que puede transportar o, en su
caso, el peso del contrapeso, desplazándose a la velocidad
nominal Vn. Las guías del
coche y las del contrapeso deben descansar en el fondo de la caja
sea directamente o por
medio de piezas especiales.
a) Guías del coche:
Las guías del coche tendrán la sección que muestra
la figura.
Las caras del hongo serán planas, lisas y mecanizadas. Otras
secciones de riel pueden
usarse siempre que el módulo o el momento resistente esté
cubierto y sea suficiente para
soportar los esfuerzos previstos.
Las guías, a igual que sus uniones, se calcularán teniendo
en cuenta todas las
solicitaciones a que están sometidas (sea durante la carga
y descarga del coche, sea por
funcionamiento de éste), de modo que la deformación
elástica, en la parte más
comprometida, no exceda de 6 mm. No se tendrá en cuenta el
impacto.
La unión de los tramos de guía se hará mediante
el contacto de los extremos o cabezales.
Si la velocidad de marcha del coche es menor que 75 m por minuto,
la unión o ensamble
se realizará, al menos, a perno perdido en el hongo y en el
patín. Si la velocidad es igual o
mayor que la indicada, se hará a caja y espiga paralelas a
las caras laterales del hongo y
en toda la altura del riel. Cualquiera sea la unión o el ensamble
(a perno perdido o a caja y
espiga) de dos rieles contiguos, se asegurará mediante platabanda
o cubrejunta aplicada
al patín, de ancho igual al de éste y de largo útil
para 8 bulones, 4 en cada extremo del
riel. El espesor de la platabanda no será inferior a 9 mm.
En los ensambles de tramos de riel, las caras del hongo, deben hallarse
en un mismo
plano;

F -6. a)
b) Guías del contrapeso

Las guías del contrapeso pueden tener la sección
que muestra la figura.
No se requiere ensamble (a perno perdido ni a caja y espiga) entre
tramos de guía ni alisar
las caras del alma:
(1) Para velocidad de marcha Vn hasta 60 m por minuto.
(2) Para velocidad de marcha Vn hasta 45 m por minuto, en
contrapeso con paracaídas,
siempre que las dimensiones mínimas del perfil sean 60 mm
x 69 mm x 6 mm y la carga
máxima que puede transportar el coche no rebase los 500 kg.
Las caras del alma, en la unión de los rieles, deben hallarse
en un mismo plano.
Para velocidades mayores que las mencionadas en los ítem (1)
y (2) se utilizarán guías de
sección similar a las del coche. La unión de dos rieles
contiguos se asegurará mediante
platabanda o cubrejunta aplicada al alma o patín, según
el caso, de igual ancho al de
éstos y de largo útil para 8 bulones, 4 en cada extremo
del riel.
c) Soportes de guías:
Los elementos de sujeción que sostienen las guías en
su lugar serán de acero, calculadas
y dimensionadas teniendo en cuenta todas las solicitaciones a que
están sometidas.
Los soportes o elementos de sujeción se amarrarán al
edificio o a la estructura de modo
que conserven paralelas a las guías e impidan en éstas
deformaciones permanentes.
La vinculación entre guías y soportes se hará
mediante piezas abulonadas. Este vínculo
no debe coincidir con las platabandas de ensamble de tramos.
Los soportes pueden colocarse en muro divisorio entre predios y en
muro privativo
contiguo a predio lindero siempre que se utilicen sistemas que impidan
la transmisión de
vibraciones o ruidos a esos muros. Dichos sistemas merecerán
la aprobación de la
Dirección y ésta se otorgará después
de practicadas las experiencias o ensayos del caso,
si dan resultados satisfactorios.
Articulo 5° Cables de ascensores y montacargas
Los cables de accionamiento que se utilizan en ascensores y montacargas
deben ser de
acero, adecuados a la función o trabajo que realizan en cada
caso y responderán a las
respectivas normas vigentes.
Queda prohibido el uso de cadena en reemplazo de cables de tracción
o accionamiento.
Tanto los cables de tracción o) de accionamiento del coche
y de su contrapeso, como el
del regulador de velocidad deben ser enterizos, quedando en consecuencia
prohibido el
empalme de sucesivos trozos para alcanzar la longitud necesaria de
trabajo.
a) Cables de accionamiento o tracción:
Los cables de accionamiento o tracción deben soportar el esfuerzo
a que están sometidos.
El diámetro mínimo de cada cable es de 9 mm.
El factor de seguridad f del conjunto de cables, se determina con
la fórmula:

donde:
N = número de cables de tracción;
Pr = tensión de rotura de un cable;
Pc = Peso del coche más la carga máxima que puede transportar
más el peso de los
cables;
x = valor dado en la tabla:

El valor del factor de seguridad f que se utilice,
según la velocidad del cable, no será
menor que el indicado más abajo:

En ascensor equipado con máxima motriz a fricción,
se emplearán 2 cables, cuando el
accionamiento es por polea a fricción.
En montacargas se emplearán entre el coche y su contrapeso
no menos que:
3 cables como mínimo entre el coche y su contrapeso.
4 cables, cuando el accionamiento es por tambor (2 cables para el
coche y 2 cables para
el contrapeso). La sujeción de los extremos de cada cable
a los amarres (del bastidor del
coche, del contrapeso, de soportes fijos en la caja del ascensor)
se hará mediante piezas
capaces de resistir el esfuerzo de tracción no inferior al
del respectivo cable.
Estas piezas pueden ser:
(1) A manguito cónico con vástago:En el manguito se
introducirán esparcidos todos los
hilos o alambres formando cada uno un nudo de acuñamiento.
Dentro de la parte cónica
del manguito podrá verterse metal blanco fundido para mantener
los hilos anudados en su
posición.

F -7
El manguito se dimensionará en función del diámetro
del cable.
El vástago será roscado con tuerca, contratuerca y
chaveta pasante.
(2) A manguito con corazón prensa cable: En el manguito se
introducirá el cable formando
un ojal que será acuñado con una prensa cable de bordes
conformados con chaveta
pasante. El extremo suelto del cable, de no menos de 0,15 m, será
zunchado con vueltas
de alambre para que no se deshilache y, a su vez, atado al mismo
cable o bien con un
prensa cable. Tanto el manguito como el prensa cable se dimensionará
en función del
diámetro ø del cable.
F- 8

Referencias de F-8
(3) A cáncamo, guarda cable y prensa cable:
El vástago del cáncamo será roscado con tuerca,
contratuerca y chaveta pasante. El
guarda cable será adecuado al diámetro del cable. Los
prensa cables serán conformados
con tuerca y contratuerca. Tres será el mínimo de prensa
cables y distanciados entre sí no
menos que 65 mm en todos los casos. La separación entre el
extremo superior del guarda
cable y el primer prensa cable no será mayor que 20 mm. La
cantidad de prensa cables
según el diámetro ø del cable y la distancia
mínima entre ellos será:

Este tipo de sujeción es sólo posible
hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto y 650 kg
de carga que el coche puede transportar.Otro sistema de sujeción
distinto de los
mencionados, será capaz de resistir un esfuerzo no menor al
del respectivo cable. Cuando
el amarre del cable es directo al bastidor del coche o del contrapeso,
la pieza de sujeción
en uno de sus extremos permitirá regular la tensión.

F-9
Todos los cables de accionamiento de una máquina serán
de la misma característica y
diámetro, y estarán igualmente tensados.
b) Cable del regulador de velocidad:
El cable que acciona el regulador de velocidad tendrá uno
de los siguientes diámetros
mínimos:
- 6 mm para acción instantánea; y
- 9 mm para acción progresiva.
Poleas. Tambor de arrastre. En ascensores y montacargas
a) Poleas:
Las poleas que se usan en ascensores y montacargas serán de
fundición de hierro y
deben tener, para la conducción de los cables, gargantas torneadas,
lisas y conformadas
de modo que no haya deslizamiento apreciable entre cable y polea,
considerándose para
ello el movimiento del coche vacío y con la carga máxima
que puede transportar:
(a1) Poleas de arrastre o tracción:
El diámetro D de la polea de arrastre o de tracción
no será menor que 40 veces el
diámetro d del cable que cuelga de ella.
En caso que la polea tenga llanta postiza en la que van talladas
las gargantas, dicha llanta
se fijará al alma con fuerte ajuste y, además, con
6 bulones como mínimo de diámetro no
inferior a 12,7 mm.
(a2) Poleas de reenvío y de desvío:
El diámetro D de las poleas de desvío o reenvío,
siendo d el diámetro del cable, no será
menor que:
I) 40 d para las de reenvío; y
II) 30 d para las de desvío o deflectoras. No obstante
puede ser de 25 d, cuando el arco de
contacto puede ser de 25 d, cuando el arco de contacto entre el cable
y la polea no supera
los 30º.
La polea de reenvío que se coloca en la parte superior del
coche estará defendida de
contactos casuales de operarios si la velocidad de marcha Vn es mayor
que 25 m por
minuto.
b) Tambor de arrastre:
El tambor de arrastre de los cables de accionamiento puede ser de
acero o de fundición
de hierro sin sopladuras y en cuya superficie se tallan las gargantas
en hélice para el
arrollamiento correcto de los cables.
La longitud de la generatriz del tambor y su diámetro permitirán
que al fin del recorrido del
coche y del respectivo contrapeso, queden al menos envueltas en el
tambor, una vuelta y
media del cable.
El tambor tendrá las aberturas (ojales) necesarios para el
paso de los cables hacia el
amarre interior y dispuestos de forma que no trabajen al corte. El
eje de estas aberturas
estará a 45° respecto del diámetro del cilindro
del tambor, el amarre de los cables al
interior del tambor garantizará su sólida fijación
sin que queden degollados.
Articulo 6°. Huelgo entre el coche o el contrapeso y los planos
verticales de la caja
en ascensores y montacargas
En el coche o entre el contrapeso y los planos verticales de la caja
(paredes, limón de
escalera, vigas o cualquier otro elemento fijo o móvil que
pertenezca a la instalación del
ascensor o al montacargas) habrá una distancia o huelgo no
menor que 30 mm.
El huelgo entre el borde del umbral de la puerta del coche y el filo
de la solía de las
puertas del rellano, no será mayor que 25 mm. Este huelgo
puede alcanzar los 34 mm en
caso de puertas automáticas de coche y de rellano.
Articulo 7°. Coche en ascensores y montacargas
El coche de un ascensor o de un montacargas está compuesto
por el bastidor, la
plataforma y la cabina. Toda la construcción debe ser de material
incombustible.
El centro geométrico del coche estará aproximadamente
en el plano medio del bastidor o
con un desplazamiento máximo de 100 mm.
a) Bastidor:
El bastidor es la estructura que sirve para sostener la plataforma
y la cabina. Se compone
fundamentalmente por dos montantes laterales unidos en forma rígida
a los travesaños
inferior y superior para construir un cuadro indeformable.
La estructura del bastidor se dimensionará para soportar los
esfuerzos de trabajo de
funcionamiento normal del coche y, en las partes correspondientes,
el impacto contra el
paragolpe, como asimismo para resistir las tensiones que se originan
al entrar en acción el
paracaídas.
Los distintos elementos que integran el bastidor serán de
acero cuya tensión de trabajo no
será mayor que 1/5 de la tensión de rotura del material.
Se pueden usar otros materiales distintos que el acero en la estructura
del bastidor
siempre que se comporten, por lo menos, en forma equivalente al acero.
En el bastidor se fijarán los cables de suspensión
(o poleas para éstos), los guiadores, los
implementos de seguridad y eventualmente en el travesaño inferior,
el paragolpe o
elementos de compensación.
Cuando en la compensación se usa cadena, el extremo de ésta
se amarrará rígidamente
al bastidor y, además, se colgará de un gancho ex profeso
como muestra la figura.

F -10
b) Plataforma:
La plataforma es la estructura capaz de soportar la carga máxima,
uniformemente
repartida en su superficie, que el coche puede transportar.
La armadura de la plataforma puede ser de acero o de madera. En este
último caso, en su parte inferior, se la resguardará con material incombustible.
c) Cabina:
La cabina es la “caja” donde se ubican las personas o
las cosas a transportar por el coche.
La cabina será metálica y puede tener revestimiento
interior no metálico salvo lo
especificado en el Inciso f) de “Requisitos para la cabina
de ascensores”.
La altura interior de la cabina, entre solado y cielo raso terminados,
no será menor que
2,00 m.
El techo de la cabina será ciego capaz de soportar dos cargas
estáticas de prueba de 75
kg, cada una en cualquier parte de su superficie.
Articulo 8°-Requisitos para la cabina de ascensores
La cabina de ascensor que transporta personas, como asimismo cuando
se prevea llevar
camilla, cumplirá los siguientes requisitos:
a) Dimensiones:
(1) Sección transversal:
Cuando exista un solo ascensor debera cumplir con las siguientes
dimensiones minimas:
La sección transversal (a x b) de la cabina se dimensionará
en función de la
cantidad de personas a transportar según lo que sigue:

En inmuebles que posean mas de un (1) ascensor ,
el segundo y subsiguientes equipos
pueden ajustarse a las siguientes dimensiones:
Debiendo respetar el lado minimo de 1,10 m ,las dimensiones de la
seccion transversal
podran ser:

F-11
La sección transversal de la cabina en ascensor que sirve
a una sola unidad de vivienda,
cualquiera sea el número de personas, no será inferior
a 0,50 m2.
(2) Lado:
El lado mínimo interior de la cabina será:

El lado interior de la cabina en ascensor que sirve
a una sola unidad de vivienda,
cualquiera sea el número de personas, no será inferior
a 1,10 m.
(3) Capacidad de Transporte:
La mínima capacidad de transporte (carga) se determinará,
en todos los casos, a razón de
75 kg por persona.
Si el coche transporta cosas junto con personas que deben manipularlas,
se dejará
constancia de ello en los planos del proyecto.
(4) Tabulación aplicando los ítem (1), (2) y
(3):

5) Dentro de la cabina, en lugar visible, habrá un letrero indicando
la cantidad de personas
y los kilogramos que el coche puede transportar.
6) Ventilación: está prohibido fumar en el interior
de los ascensores y debe poseer un
cartel en su interior que indique tal prohibición.
Si la puerta de la cabina es llena o ciega, la ventilación
se hará con:
a) Aberturas de área total no menor que el 2% de la
sección transversal de la cabina
ubicadas respecto del solado no más altas que 0,30 m y no
más bajas que 1,80 m. Estas
aberturas no permitirán el paso de una esfera de 30 mm de
diámetro; y con,
b) Ventilación mecánica forzada.
Cuando la puerta de la cabina no es llena ni ciega, (montacargas)
no se requiere
cumplimentar los ítem (a) y (b).
7) Teléfono de emergencia:
En los edificios o en las estructuras, como a título de ejemplo
se cita: casa de escritorios u
oficinas, comercio, industria, espectáculo, que tengan ascensor
y que fuera del horario de
labor queda en la finca alguna persona como cuidador o sereno, cada
cabina tendrá un
teléfono interno conectable a la red de servicio público
al cesar las actividades del día en
esos edificios o estructuras.
8) Espejos
En la cabina se puede colocar espejos de vidrio o de cristal tipo
laminado de por lo menos
5 mm de espesor. No podrán colocarse en los cielorasos de
la cabina. Tendran un zócalo
inferior de no menos de 0,05 m.
9) Medios de escape de la cabina:
Las cabinas de ascensores agrupados en una caja común pueden
tener puertas laterales
de escape o socorro, siempre que:
a) Se enfrenten las puertas de las cabinas adyacentes.
b) la distancia entre plataforma de cabinas no exceda de 0,50
m.
c) No haya obstáculos fijos o móviles en correspondencia
con esas puertas, excepto
vigas.
d) La dimensión del vano de las puertas no será
inferior a 1,50 m de alto y 0,35 m de
ancho.
e) La hoja de las puertas rote hacia el interior de las cabinas,
se abra con llave
herramienta desde dicho interior y con manija fija desde el exterior.
Esta llave herramienta
no se mantendrá en las cabinas.
f) Las puertas de socorro estén equipadas con contactos
que interrumpan la marcha de
los coches, cuando están abiertas.
Si el ascensor se halla en una caja única, ciega, con paredes
consecutivas distantes entre
sí 8,40 m (tres pisos de M = 2,80 m) debe contar en esos tramos
con una puerta de auxilio
coincidente con la cabina, individualizable desde el exterior de
la caja, que se abra sólo
con herramientas y equipada con contactos que impidan la marcha del
coche si no está
cerrada.
La puerta de auxilio no será necesaria en recorridos extensos
como a título de ejemplo se
cita torre de reloj, torre de tanque, mirador, estructuras industriales.
Artículo 9° Iluminación en cabinas de
ascensores:
La iluminación de la cabina será a electricidad mediante
2 circuitos:
(1) Un circuito conectado al de la luz de los pasillos corredores
generales o públicos, con
interruptor en el panel de la botonera y en el cuarto de máquinas
con protección
diferencial y fusibles.
(2) Otro circuito, sin interruptor a disposición del
usuario en el ascensor, conectado a la
entrada de la fuerza motriz en el cuarto de máquinas con su
correspondiente interruptor,
protección diferencial y fusibles.
Los circuitos mencionados en los ítem (1) y (2) se colocarán,
cada uno, en cañería
independiente, como asimismo independiente de los circuitos de la
maniobra.
Artículo 10°-Timbres de alarma y teléfono
de emergencia:
1) Timbres de alarma:
En la cabina habrá un botón o pulsador que accione
a:
I) Un timbre de alarma colocado a mitad del Recorrido si éste
tiene hasta 30 m de alto.
II) Dos timbres de alarma colocados a distancias de un tercio
del Recorrido si éste tiene
hasta 75 m de alto.
III) Tres timbres de alarma colocados a distancias de un cuarto
del Recorrido si éste tiene
más que 75 m de alto.
El circuito de los timbres de alarma, que se conectará en
el cuarto de máquinas, será
distinto del de la fuerza motriz. En caso de corte de energía
eléctrica debe tener
alimentación de luz de emergencia o similar.
Articulo 11° Pantalla de defensa en ascensores y montacargas:
En la parte inferior del coche, como extensión hacia abajo
en el plano vertical del umbral
de la puerta de la cabina, habrá una pantalla metálica
de 1,2 mm de espesor mínimo, de
largo igual a la luz libre de entrada de la puerta. El borde inferior
de la pantalla se doblará
hacia el interior de la caja formando un chaflán de 50 mm
a 30º respecto del plano de la
pantalla. La deformación elástica de esta pantalla
no será mayor que 7 mm producida por
una fuerza concentrada de 70 kg aplicada perpendicularmente a ella
en cualquier punto de
su superficie. El alto de la pantalla, medido entre el plano del
solado del coche y su filo
inferior, será como mínimo 300 mm y nunca menor a la
distancia máxima de nivelación
con puertas abiertas.
Articulo 12°-Proteccion en ascensores con laterales
de vidrio laminado o templado
Los lados o paños laterales de la cabina pueden ser de vidrio
templado de 10 mm de
espesor mínimo. En este caso se interpondrá una defensa
de barras separadas entre sí de
no más que 0,10 m unidas en su extremo superior a una baranda
o faja de 0,10 m de
ancho. El alto de la defensa no será menor que 1,00 m medidos
desde el solado.
Artículo 13°-Puertas de cabina y de rellano
de ascensores
a)En instalaciones nuevas las puertas de cabina y de rellano
de un ascensor deben ser
automáticas de paños llenos o ciegos y de construcción
ignífuga.
b)Las puertas de cabina y de rellano de un ascensor existente
, anterior a esta norma
pueden ser:

2 Se autorizará sólo en casos
donde las dimensiones de rellano son iguales o superiores a las siguientes:
cuando
la aproximación al ascensor es frontal: 1,80 mts. en el sentido
del recorrido de aproximación y 1,10
mts.
en el sentido transversal; cuando la aproximación al ascensor
es lateral y en el recorrido se encuentra
primero
el herraje de movimiento de puerta: 2,80 mts. en el sentido de aproximación
y 1,10 mts en el sentido
transversal.
3 Sólo se permitirá en los casos en que la puerta abierta
deje un ancho útil de paso igual o mayor de 0,80
mts
y una profundidad de 1,22 mts.
4 Se aceptarán exclusivamente con recubrimiento.
Apoyadas
perpendicularmente en el centro del paño, las puertas serán
capaces de
soportar:
a) Una fuerza horizontal de 45 kg. sin que la deformación exceda
el plomo
del
filo del umbral de la puerta.
b) Una fuerza horizontal de 100 kg sin que se produzca deformación
permanente ni escape de los carriles.
Las puertas de madera pueden ser:
De tipo tablero, de espesor mínimo 40 mm., en los largueros
y traveseros; del tipo “placa”,
de espesor mínimo 40 mm. en toda la hoja. Los elementos constitutivos
formarán un
conjunto compacto.
En estas puertas, donde se aplique el gancho o traba mecánica,
debe preverse una
sujeción que sea capaz de resistir el esfuerzo mencionado
en el inciso b).
Las puertas que se deslizan horizontalmente deben estar guiadas en
las partes inferior y
superior. El nivel superior de las guías inferiores no rebasará
el plano del respectivo
solado.
Las puertas de rellano y cabina accionables manualmente, tendrán
en todos los casos
mirilla de eje vertical, cuyo borde inferior estará ubicado
a 0,80 m del nivel del solado, a
saber:
— cuando sean plegadizas o corredizas, con hojas con paños
llenos o
ciegos, el ancho mínimo de la mirilla será de 0,05
m y el largo mínimo será
de 1,00 m (incluida la defensa).
— en las puertas de rellano corredizas o giratorias, la abertura
de mirilla
(incluida la defensa) tendrá 1 m de alto y ancho no menor
a los 0,05 m.
Los centros de ambas mirlllas deben coincidir. Si sus dimensiones
son diferentes, en
ningún caso, estando la cabina frente a un rellano, las visuales
de la mirilla de menor
superficie pueden ser obstaculizadas por el plano ciego en la otra
puerta.
La abertura contará con una defensa indeformable (barras o
malla) que no permita el paso
de una esfera de 15 mm de diámetro. En reemplazo de la defensa
puede haber vidrio
armado.La puerta de rellano que corresponda a sótano no habitable
será ciega e
incombustible.
La altura de paso de las puertas de cabina y de rellano no será
inferior a 2,00 m y el ancho
mínimo de paso, según lo siguiente:

1. Las cabinas de ascensores existentes inferiores a 0,80 m de luz libre
de
acceso y 1,22 m de profundidad, no podrán reducir las dimensiones
existentes.
2. Las cabinas de ascensores existentes de dimensiones superiores
a 0,80
m de luz libre de acceso y 1,22 m de profundidad, no podrán
reducir sus
dimensiones, sino hasta dichas medidas.
3. En ningún caso la puerta de cabina, esté
abierta, cerrada o durante su
accionamiento, podrá invadir el espacio útil interior
de la misma.
Separación entre puertas de cabina y rellano:
La separación entre puertas enfrentadas de cabina y de rellano
no será mayor de 0,12 m.
Esta separación se entiende entre planos materializados que
comprenden la totalidad de
los paños de las puertas. Queda prohibida cualquier variación
que amplíe dicha medida.
Artículo 14° Contactos eléctricos y trabas
mecánicas de puertas:
Todas las puertas, tanto de coche como de rellano, poseerán
contactos eléctricos
intercalados en el circuito de la maniobra, el que será protegido
con los correspondientes
fusibles. La apertura del circuito provocará la inmediata
detención del coche, no obstante
la detención puede no ser inmediata en el período o
zona de nivelación.
Queda prohibido, como disipadores de chispa, el uso de capacitores
en paralelo con los
contactos de puertas. Las puertas de rellano tendrán traba
mecánica capaz de resistir una
fuerza horizontal de 100 kg sin sufrir deformación permanente.
(1) Puertas de accionamiento manual (instalaciones existentes)
l) En el coche:
El contacto eléctrico de la puerta estará fijo en el
coche. La apertura y el
cierre del circuito se realizará por medio de una leva u otro
dispositivo
colocado en la puerta que no dependa únicamente de la acción
de resortes o
de la gravedad. A efecto del cierre del circuito se considera que
la puerta
está cerrada, cuando entre el borde de dicha puerta y la jamba
correspondiente del vano la distancia no es mayor de 10 mm.
ll) En los rellanos:
El contacto eléctrico y la traba mecánica de las puertas
de rellano
constituirán un enclavamiento combinado, cuyo objeto es:
— No permitir el funcionamiento de la máquina motriz
si todas las puertas no
están cerradas y trabadas mecánicamente;
— No permitir la apertura de las puertas desde los rellanos
a menos que el
coche esté detenido.
La apertura o el cierre del circuito se realizará por medio
de elementos
colocados en la puerta accionados por una leva u otro dispositivo.
La traba mecánica será de doble gancho o uña.
Cuando el segundo gancho
o uña está en posición de trabado, recién
se producirá el cierre del circuito.
— El destrabe se hará mediante un sistema que no permita
la apertura de la
puerta al pasar el coche frente al rellano. Sólo puede usarse
patín fijo en las
paradas extremas.
Por lo menos, en las paradas extremas y para casos de emergencia,
el
destrabe debe poder ser efectuado mediante herramientas, a través
de un
orificio practicado en la jamba o en la puerta.
A efecto del cierre del circuito se considera que la puerta está
cerrada,
cuando entre el borde de dicha puerta y la jamba correspondiente
la
distancia no es mayor que 10 mm. La puerta no podrá abrirse
aunque tenga
juego vertical, ni tampoco existiendo entre los solados de la cabina
y del
rellano desnivel mayor que 0,05 m.
Las citadas puertas a fin de su apertura en las condiciones antedichas,
se
realizarán a través de una transmisión de esfuerzo
al usuario no mayor a los
36 (treinta y seis) Newtons.
(2) Puertas de accionamiento automático:
l) En el coche:
Se cumplirá lo establecido en el apartado I) del ítem
(1)
II) En los rellanos:
Se cumplirá lo establecido en el apartado II) del ítem
(1) excepto:
Que el desnivel entre los solados de la cabina y del rellano mencionado
en el
último párrafo del Apartado II) del ítem 1)
puede alcanzar un máximo de 0,75
m siempre que el filo inferior de la pantalla de defensa del coche
no diste
más que 0,20 m del nivel del rellano;
III) Si en la operación de cierre de las puertas se
interpone un obstáculo, la
fuerza estática que puede ejercerse presionando contra éste,
no será mayor
de 14 kg.
La energía cinética (fuerza viva) de cierre, no excederá
de 10,50 kg. La
puerta del coche poseerá un dispositivo electromecánico
de apertura
inmediata al presionarse contra éste. Sin perjuicio de cumplimentar
lo
antedicho, la apertura puede, además, producirse por célula
fotoeléctrica.
El tiempo mínimo durante el cual las puertas permanecerán
abiertas será de
5 segundos. Este lapso se puede acortar o prolongar si se accionan
los
correspondientes botones de comando de puertas desde la cabina.
El promedio de la velocidad de cierre de las puertas se determina
registrando
el tiempo de cierre como sigue:
—Para puertas unilaterales de una hoja o de dos hojas, midiendo
el recorrido
del borde después de haber marchado 50 mm del punto inicial
hasta 50 mm
antes de llegar a la jamba;
— Para puertas bilaterales de dos o de cuatro hojas, midiendo
el recorrido
del borde después de haber marchado 25 mm del punto inicial
hasta 25 mm
antes de la línea central del encuentro.
IV) Ninguna puerta automática de coche o de rellano
poseerá elemento que
permita asirla para abrirla manualmente.
V) Nivelación entre el piso de la cabina y el solado
del rellano.
En todas las paradas, la diferencia de nivel entre el solado terminado
del
rellano y el piso de la cabina será como máximo de
0,02 m.
VI) Separación horizontal entre el piso de la cabina
y el solado del rellano.
La separación horizontal máxima admitida entre el piso
de la cabina y el
solado del rellano será de 0,02 m.
Artículo 15°. Guiadores en ascensores y montacargas
Los guiadores son elementos solidarios con el bastidor del coche
o del contrapeso, según
corresponde, que deslizan en contacto permanente con las guías.
Habrá como mínimo
dos guiadores en cada lado del bastidor (uno arriba y otro abajo).
a) Guiadores del coche:
Los guiadores del coche serán capaces de resistir los esfuerzos
resultantes del peso
propio del coche más la carga máxima que éste
puede transportar.
Cada guiador estará compuesto por un soporte y un patín
de deslizamiento con su
correspondiente vástago y sistema de amortiguación.
Esto último puede no colocarse en
aparejado distinto de 1:1.
El guiador debe ajustarse de modo que:
(1) Permita regular la tensión del resorte para que
haya huelgo entre el patín
y la guía.
(2) Impida desplazamientos transversales.
(3) Sea posible el cambio del patín gastado debido
al continuo roce contra
las guías y evite su descarrilamiento por tal causa.
El tipo de guiador anteriormente descripto, es permitido hasta una
velocidad Vn del coche
de 150 m por minuto. Para mayor velocidad, el guiador será
a ruedas con llanta no
metálica que corran en contacto con las guías.
b) Guiadores de contrapeso:
Los guiadores del contrapeso pueden ser fijos hasta una velocidad
Vn de 60 m por minuto
satisfaciendo lo especificado en los ítem (2) y (3) del inciso
a). Para mayor velocidad se
cumplimentará lo establecido en el inciso a).
Artículo 16°. Contrapeso en ascensores y montacargas
El contrapeso se colocará dentro de la caja y en la zona de
su correspondiente coche. Sin
embargo puede instalarse fuera de los límites de ésta
siempre que el emplazamiento sea
aprobado por la Dirección. No se aprobarán instalaciones
de ascensores sin contrapeso.
Si en una caja funcionan agrupados varios ascensores o montacargas
y el contrapeso se
coloca en la forma indicada en la figura, habrá entre dos
coches adyacentes una defensa
de malla metálica desde el fondo hasta el cielo de la caja.
El peso total del contrapeso (bastidor más lastre) debe ser
igual al peso P del coche más
un exceso variable comprendido entre 0,4 y 0,5 de la carga máxima
C que el coche puede
transportar:

En máquinas de fricción el peso de
los cables de accionamiento debe ser compensado
cuando excede los 35 m. en la longitud de recorrido R.

F - 12
Sea por falta de alineación de los componentes del lastre,
sea por el juego transversal
debido a la marcha, el contrapeso conservará siempre, en las
situaciones más críticas,
una separación mínima de:
30 mm respecto del plano de desplazamiento vertical del coche.
20 mm respecto del paramento o de salidizo de la pared de la caja.
El contrapeso estará compuesto por el bastidor y el lastre:
a) Bastidor:
La armadura del bastidor será de acero calculada para resistir
los esfuerzos provocados
por el paracaídas cuando lo haya, como asimismo aguantar el
choque eventual contra el
paragolpe.
Al bastidor se amarrarán los cables de accionamiento, los
guiadores, el paragolpe si va en
el contrapeso y los elementos de compensación.

F-13
b) Lastre:
El lastre puede estar constituido por:
(1) Varias piezas superpuestas.
Las piezas pueden ser enteramente metálicas o bien formando
cajas rellenas con material
conglomerado.
En los dos casos la pieza superior se fijará al bastidor mediante
un elemento removible
con herramienta.
(2) Una sola pieza formando un bloque.
El bloque será un cajón relleno con material conglomerado.
Este tipo sólo es permitido
hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto y un peso máximo
de contrapeso de 800 kg.
Las cajas o el cajón, mencionados en los ítem (1) y
(2), serán chapa metálica de 1,50 mm
de espesor mínimo con refuerzos que eviten la expansión
de los costados. El relleno será
de inertes pesados incluidos en un conglomerado de cemento portland
de manera que el
continente y el contenido sea un conjunto rígido.
Artículo17°. Paragolpes. Luz libre entre el
coche o el contrapeso y el paragolpe en
ascensores y montacargas
a) Paragolpes:
El paragolpe es obligatorio en ascensores y montacargas y se colocará
fijo en el bastidor o
en el fondo de la caja, para amortiguar el desplazamiento del coche
cuando se rebasan las
distancias h o f mencionadas en el Inciso b) (ver también
la figura) de "Caja del ascensor o
del montacargas Características y dimensiones".
Si hay un solo paragolpe, éste se colocará en coincidencia
con el eje central del
movimiento. Si hay dos, se ubicarán equidistantes de dicho
eje con una tolerancia de 50
mm.
La carrera del paragolpe es el recorrido de la extremidad libre entre
dos posiciones, una
cuando está sin comprimir y otra cuando está totalmente
comprimido. El recorrido o
carrera es e en correspondencia con el contrapeso e i si los es respecto
del coche.
El paragolpe puede ser:
1) A resorte:
El paragolpe a resorte sólo se permite en máquinas
de velocidad nominal Vn hasta 90 m
por minuto.
Las carreras mínimas serán:

El paragolpe será capaz de soportar
una carga estática igual a:
I) Para el coche: Al doble del peso propio P del coche más
la carga máxima
C que éste puede transportar:
2 (P + C);
II) Para el contrapeso: Al doble del peso propio P del contrapeso
2P.
En los dos casos, sin que las espiras se compriman o toquen de modo
que el
resorte se comporte como un sólido.
2) Hidráulico (émbolo):
El paragolpe hidráulico es obligatorio en máquinas
cuya velocidad nominal Vn es mayor
que 90 m por minuto.
Las carreras mínimas e ó i se calcularán con
la fórmula:
e ó i =
donde Vc = 1.15 Vn
El paragolpe reaccionando contra el coche sin carga, o contra el
contrapeso, cumplirá su
carrera de compresión con una desaceleración promedio
igual o mayor que la de la
gravedad (g = 9,81 m/seg2).
Cuando se utilicen dispositivos electromecánicos para provocar
la desaceleración del
coche y del contrapeso, la carrera mínima del paragolpe se
calculará en base a la menor
velocidad reducida Vred consecuencia de esa desaceleración,
según lo siguiente:
e ó i =

b) Luz libre entre el coche o el contrapeso y el paragolpe:
Las luces libres son las distancias f ó h que al término
del recorrido quedan entre el coche
o el contrapeso y la extremidad libre del correspondiente paragolpe
(ver figura de "Caja del
ascensor o del montacargas. Características y dimensiones").
Las distintas f ó h serán:
1)
Para resortes:

(=) f ó h = 600 mm máx.
2) Para hidráulicos:
f ó h
150 mm;
f
900 mm
para el contrapeso;
.....h
600 mm
para el coche.
Puede suprimirse la luz libre aceptando una comprensión para
el pistón hasta el 25% de e
ó i cuando el coche está a nivel de las paradas extremas.
Artículo 18°. Paracaídas y regulador
de velocidad en ascensores
a) Paracaídas:
El paracaídas es un dispositivo solidario con el bastidor
del coche, y eventualmente con el
del contrapeso que sirve para detenerlo actuando contra las guías
en caso de descenso
accidental acelerado.
El paracaídas es obligatorio en el coche.
El paracaídas es accionado por el cable del regulador de velocidad
cuando la velocidad de
bajada del coche, o del contrapeso, excede respecto de la velocidad
Vn los valores
siguientes:

Vr = Vn + e V1 =
Vn (1 + e) = x. Vn
Vr = Velocidad de accionamiento del regulador.
El paracaídas es:
1) De acción instantánea: Cuando se aplica en
las guías a través de excéntricos, rodillos o
cuñas sin ningún medio flexible que limite la fuerza
retardatriz y que no permite aumentar
la distancia de detención.
Este tipo de paracaídas es autorizado:
I) Hasta una velocidad Vn de 60 m por minuto en coche con
cualquier carga.
II) Hasta una velocidad Vn de 75 m por minuto en coche con
carga de 600 kg máximo.
2) De acción progresiva: Cuando se aplica en las guías
a través de un medio flexible que,
limitando la fuerza retardatriz, permita aumentar la distancia de
frenado hasta la detención
total.
Este tipo de paracaídas es obligatorio si se rebasan los valores
indicados para el
paracaídas de acción instantánea y es optativo
para reemplazar el sistema mencionado en
el ítem (1).
El paracaídas debe:
- actuar mecánicamente;
- ejercer al mismo tiempo esfuerzos de frenado sensiblemente iguales
en las dos guías;
- abrir de inmediato el circuito eléctrico de la maniobra;
- detener el coche con la carga máxima que ésta puede
transportar.
El paracaídas se ubicará en la parte inferior del bastidor
(en el coche, debajo del nivel de
la plataforma). Puede emplearse otro paracaídas en la parte
superior del bastidor.
El bloque del paracaídas será de acero y la caja no
será de fundición gris.
b) Regulador de velocidad:
El regulador de velocidad es el dispositivo encargado de accionar
el paracaídas mediante
un cable cuya sección será la adecuada a fin de que
no se afecten las condiciones
resistentes de dicho cable al aplicarse el mencionado paracaídas.
El regulador de velocidad se reemplazará en el cuarto de máquinas
o en la casilla de
poleas, en lugar accesible y sin vínculos con la máquina
motriz.
Las poleas (inferior y superior) del regulador de velocidad tendrán
un diámetro D no
inferior a 40 veces el diámetro d del cable:
D = 40 d
Las gargantas de las poleas serán mecanizadas y no deberán
ser pintadas.
La fijación de los extremos del cable del regulador al mecanismo
que opera al paracaídas,
se hará por manguito cónico o por prensacables conformados
en un mínimo de dos por
cada extremo.
Si el contrapeso tiene paracaídas, su regulador de velocidad
será independiente del que
corresponda al coche.
El sistema que mantiene tenso el cable del regulador de velocidad
ejercerá un esfuerzo
constante.
Velocidad de funcionamiento del ascensor o del montacargas
La velocidad nominal Vn de funcionamiento de un ascensor o de un
montacargas es la
declarada en los documentos del proyecto de instalación.
La velocidad efectiva Ve de funcionamiento, en subida, con la carga
máxima prevista a
transportar por el coche, es la que resulta realmente y se admite
un valor y, en más o en
menos, respecto de la nominal según:
Ve = Vn ± y
donde:
y = 0,15 Vn para máquinas con control por tensión constante;
y = 0,10 Vn para máquinas con control por tensión variable.
Para casos fortuitos de producirse excesos de velocidad que rebasen
los valores
antedichos:
a) En máquinas alimentadas con corriente continua,
debe colocarse:
1) Un dispositivo que mantenga la velocidad de funcionamiento
dentro de los límites
previstos; o bien,
2) Un interruptor de la corriente de maniobra.
b) En máquinas alimentadas con corriente alternada
de velocidad nominal Vn mayor que
90 m por minuto, debe cumplirse lo indicado en los ítem (1)
y (2) del Inciso a).
Artículo 19°. Interruptores de seguridad en
ascensores y montacargas
Todo ascensor y todo montacargas estará provisto de interruptores
de seguridad:
a) Para abrir el circuito de la maniobra cuando el coche rebasa
el nivel de las paradas
extremas en una distancia U/2.
Puede opcionalmente colocarse un interruptor fijo en el coche o bien
dos fijos en la caja,
uno en cada extremo del recorrido.
b) Para abrir el circuito de las tres fases de la corriente
de fuerza motriz cuando el coche
rebasa el nivel de las paradas extremas en una distancia U.
El interruptor puede opcionalmente ser accionado por el coche o por
el cable regulador de
velocidad.
La distancia U es función de la velocidad nominal Vn, según
lo siguiente:

El valor de U puede variar en un 10%, en más
o en menos de los apuntados más arriba.
En las máquinas con selector de pisos accionado por cable,
cinta, alambre, cadena o
similar habrá un interruptor que abra el circuito de la maniobra
en caso de rotura de esos
elementos.
Las máquinas de tambor contarán, además, con
un interruptor de "cable flojo" que abra el
circuito de la maniobra, si los cables de accionamiento se aflojan
por cualquier causa.
Artículo 20°. Máquina motriz en ascensores
y montacargas
La máquina motriz de un ascensor o de un montacargas es el
conjunto compuesto por uno
o más motores, ejes, acoples, engranajes y freno.
La máquina motriz puede ser a fricción o a tambor.
La máquina motriz es a fricción cuando los cables de
accionamiento del coche y del
contrapeso son arrastrados por las gargantas de una polea de la cual
penden esos cables.
Esta polea puede ser movida directamente por el eje del motor (tracción
directa) o bien,
por medio de un sistema reductor de la velocidad de dicho eje (tracción
con reductor).
La máquina motriz es a tambor cuando posee un cilindro (tambor)
donde se arrollan los
cables de accionamiento del coche y los del contrapeso en canales
siguiendo hélices
talladas en la superficie del tambor. Este tipo de máquina
sólo es permitido en los
montacargas.
Cada unidad motriz debe poseer un sistema de frenado compuesto por
dos zapatas como
mínimo, aplicadas contra un cilindro o campana, capaz de detener
por rozamiento al
coche con la carga máxima que puede transportar y sostenerlo
quieto con esa carga
incrementada en un 25%. Una sola de las zapatas deberá sostener
quieto el coche.
Las zapatas se mantendrán aplicadas a un cilindro o campana
por la acción de uno o más
resortes que actúen por compresión. La liberación
de las zapatas se hará mediante
electroimán.
Las zapatas serán metálicas provistas de cintas antideslizantes
de material ex profeso
para el trabajo de frenado. Las cintas se fijarán a las zapatas
con remaches de metal no
ferroso o con adhesivo especial.
La liberación o la aplicación de las zapatas del freno
debe ser simultánea con el cierre o
apertura del circuito del motor.
En las máquinas con reductor, el freno debe emplazarse en
el eje de mayor giro. El
cilindro o campana estará del lado del eje del tornillo sinfín.
El funcionamiento de un ascensor o de un montacargas se hará
mediante uno o más
motores. En la carcasa de cada motor, en lugar visible, contará:
· Marca y número de fabricación;
· Potencia, en Kw, CV o HP;
· Tensión de alimentación, en voltios;
· Intensidad, en amperios;
· Ciclos o frecuencia de la corriente;
· Revoluciones por minuto.
La máquina motriz a fricción puede ser:
a) A tracción directa:
La máquina motriz a tracción directa es la que tiene
la polea de arrastre de los cables y el
freno montados solidariamente en un eje común con el del motor.
b) Tracción con reductor:
La máquina motriz a tracción con reductor es la que
tiene la polea de arrastre de los
cables movida por una rueda con dientes helicoidales engranada a
un tornillo sinfín
acoplado al eje del motor. El empleo de estas máquinas es
posible con motor de una
velocidad hasta Vn de 15 m por minuto y con motor de dos o más
velocidades hasta Vn de
110 m por minuto.
La punta del eje del motor o del sinfín que sobresalga de
su caja, será protegida de
contactos casuales de operarios.
El reductor de velocidad lo constituye el tornillo sinfín
y la rueda con corona a dientes
helicoidales alojados (tornillo y rueda) en una caja común.
El tornillo sinfín será labrado en una sola pieza de
acero.
La rueda o portacorona será de alma llena, de acero o de hierro
fundido.
La corona será de bronce fosforoso y otro material de calidad
y resistencia similares.
Si, entre el conjunto sinfín-rueda dentada y la polea de arrastre,
se intercala un tren de
engranajes para disminuir aún más la velocidad del
motor, este tren estará protegido de
contactos casuales de operarios. Las ruedas de los engranajes pueden
ser de materiales
de resistencia adecuada para el trabajo a que están sometidas
quedando prohibido el
hierro fundido.
c) Accionamiento manual:
La máquina motriz estará provista de un dispositivo
que permita su movimiento en forma
manual. Cuando hay varios equipos motrices en un mismo cuarto de
máquinas bastará
uno de esos dispositivos de uso indistinto para todos ellos.
En el plano se indicará la ubicación del accionamiento
manual, el que se hallará a una
altura del solado.
- no menor que 0,25 m y no mayor que 1,00 m en máquinas con
motor de eje horizontal;
- no mayor de 1,40 m en máquinas con motor de eje vertical.
Desde el accionamiento manual debe verse una señal o indicación
colocada en la polea
de arrastre, en el motor o en otro lugar que aclare sin dudas, el
sentido de marcha para el
ascenso del coche.
Artículo 21°. Maniobras en ascensores
La maniobra del coche de un ascensor puede ser realizada por:
- Un sistema a palanca o manivela o a pulsador de iniciación
de marcha;
- Un sistema de botones o pulsadores ubicados en una botonera o panel
de comando en
la cabina y pulsadores en los rellanos;
- Un sistema que reúna los dos anteriores usando uno u otro.
En la botonera o panel de comando del coche, además de los
dispositivos para hacerlo
marchar estarán: el interruptor de la luz accionable a voluntad,
el pulsador para la alarma y
la llave o pulsador para detener el movimiento. Todos estos elementos,
incluso los
pulsadores correspondientes a los pisos, serán debidamente
individualizados y legibles a
través del tiempo. Los pulsadores para cada piso se los marcará
de la siguiente manera:
- el del Piso Bajo o principal, llevará el número "0";
- el de los pisos ubicados encima del "0", llevarán
sucesivamente hacia arriba, los
números 1, 2, 3, 4, 5, ...;
- de los pisos ubicados debajo del "0", llevarán
sucesivamente hacia abajo, los números 1,
2, 3...
Los diferentes tipos de maniobra pueden ser:
a) A palanca a manivela:
Cuando la maniobra se realiza mediante una palanca o manivela emplazada
en la cabina,
tendrá posición de "sube" en sentido de marcha
de las agujas del reloj, la de "baja" en
sentido opuesto y la de "para" en la parte media o central.
Las tres posiciones se las
marcará con las letras "S", "P" y "B".
La palanca volverá sola a la posición "P" si
no se
acciona sobre ella.
b) Automática simple:
Cuando la maniobra es automática simple habrá:
- En la cabina: una botonera que contiene un pulsador por cada rellano
servido por el
coche;
- En cada rellano: un pulsador de llamada y una señal luminosa
que permanecerá
encendida mientras marcha el coche y se apagará al detenerse
éste.
La presión momentánea en uno de los pulsadores hará
que el coche viaje sin interrupción
hasta el rellano para el cual se oprimió el pulsador, donde
se detendrá automáticamente.
Estando el coche detenido, obedecerá al primer pulsador que
se oprima. No tendrán
efecto otras órdenes provenientes de la cabina o de los rellanos
mientras el coche está
viajando.
c) Automática simple con interconexión de llamadas
de rellano para dos o más coches:
Cuando la maniobra es automática simple con interconexión
de llamadas de rellano para
dos o más coches habrá:
- En la cabina: una botonera que contiene un pulsador por cada rellano
servido por los
coches;
- En cada rellano: un pulsador de llamada por cada coche y una señal
luminosa también
por cada coche que permanecerá encendida mientras éste
marcha y se apagará al
detenerse.
La presión momentánea en uno de los pulsadores en una
de las cabinas hará que el
coche viaje sin interrupción hasta el rellano para el cual
se oprimió el pulsador donde se
detendrá automáticamente.
La presión momentánea de uno de los pulsadores de un
rellano, hará que el coche
correspondiente atienda la llamada y se detendrá automáticamente
en ese rellano. Si en
este rellano se efectúa otra llamada, no será atendida
por los coches hasta tanto el
primero se detenga en dicho rellano. Además, no tendrán
efecto otras órdenes
provenientes de las cabinas o de los rellanos para el coche que está
viajando.
d) Acumulativa-selectiva descendente para un coche:
Cuando la maniobra es acumulativa-selectiva descendente para un coche
habrá:
- En la cabina: una botonera que contiene un pulsador por cada rellano
servido por el
coche y flechas direccionales luminosas que se encenderán
según corresponda al sentido
de marcha y se apagarán cuando el coche quede disponible;
- En cada rellano: un pulsador de llamada y una señal luminosa
que se encenderá en el
rellano donde se oprimió un pulsador y se apagará al
detenerse el coche en dicho rellano.
Para subir, si el coche está disponible y en la botonera de
la cabina se oprimen uno o más
botones, el coche viajará en sentido ascendente parando sucesivamente
en los pisos para
los cuales se presionó el correspondiente pulsador con independencia
del orden en que
fueron oprimidos. En el viaje de subida no atenderá llamadas
de rellano a no ser que sea
la más alta registrada.
Para bajar el coche iniciará el descenso si se produce una
orden o llamada en ese sentido.
En tal caso se detendrá sucesivamente en los pisos para los
cuales se haya presionado
un pulsador de cabina o de rellano con independencia del orden en
que fueron oprimidos.
Si el coche está disponible y se oprimen uno o más
pulsadores de rellano ubicados por
encima de aquél en donde se halla detenido viajará
en sentido ascendente y sólo se
detendrá en el piso más alto en el cual se oprimió
el pulsador. El descenso se realizará en
la forma descripta antes para bajar.
Si el coche está disponible y se oprimen uno o más
pulsadores se rellano ubicados por debajo de aquél en donde se halla detenido, viajará
en sentido descendente y las paradas
se realizarán del modo descripto para bajar.
e) Acumulativa-selectiva ascendente y descendente para un
coche:
Cuando la maniobra es acumulativa-selectiva ascendente y descendente
para un coche
habrá:
- En la cabina: una botonera que contiene un pulsador por cada rellano
servido por el
coche y flechas direccionales luminosas que se encenderán
según corresponda al sentido
de marcha y se apagará cuando el coche queda disponible;
- En cada rellano: dos pulsores de llamada (sube y baja) y sendas
señales luminosas,
salvo en las paradas extremas que habrá un pulsador y una
señal. La señal luminosa se
encenderá en el rellano donde se oprimió el respectivo
pulsador y se apagará al detenerse
el coche en dicho rellano.
Este tipo de maniobra acumula y selecciona todas las órdenes
provenientes de la cabina y
las llamadas provenientes de los rellanos, las que irá atendiendo
sucesivamente en curso
de ascenso o en curso de descenso, según sea el sentido de
la marcha del coche.
Si la maniobra se equipa para ser manejada también por ascensorista:
- Puede haber un pulsador o interruptor en la cabina que, al ser
accionado por el
ascensorista, el coche no responderá a llamadas de rellano,
las cuales quedarán
registradas para ser atendidas en otro viaje;
- Puede (en la cabina) haber dos pulsadores, uno para subir y otro
para bajar, que
permitan al ascensorista elegir uno de estos sentidos de marcha;
- Debe haber en la cabina una llave especial sólo accionable
por el ascensorista para
efectuar el traspaso de la forma de operar;
- Las llamadas provenientes de los rellanos serán registradas
y las órdenes que emanen
de la cabina serán dadas por el ascensorista, pero ninguna
alterará las secuencias
acumulativo-selectivo del sistema.
Otros tipos de maniobras pueden ser empleados para varios coches,
sean agrupados o
no, siempre que se mantengan o se mejoren los esquemas básicos
descriptos en los
Incisos b), c), d) y e).
Cualquier coche estará en situación de iniciar la marcha
si se cumplen simultáneamente:
- La "condición de partida" o sea, tener cerradas
las puertas de la cabina y también,
cerradas y trabadas electromecánicamente, las puertas de los
rellanos;
- El "tiempo de bloqueo" o sea, haber transcurrido por
lo menos 3 segundos, después de
cada parada.
En caso de maniobra acumulativa-selectiva, si el coche se encuentra
en curso de ascenso
o de descenso y se produce una llamada de rellano que no puede atender
en esos viajes,
será retenida para ser servida en uno posterior.
En edificios de varias unidades de vivienda, donde el recorrido R
es de 12 o más pisos, la
maniobra del coche será acumulativa-selectiva descendente
por lo menos.
En edificio de escritorios o de oficinas que tenga ascensor, la maniobra
del coche será
acumulativa-selectiva ascendente y descendente.
Si varios ascensores se encuentran agrupados en una misma caja, o
bien se hallan en
cajas adyacentes formando ángulo o en cajas enfrentadas y
tienen cuarto de máquinas
común, por lo menos dos de ellos contarán con maniobra
automática simple con
interconexión de llamadas o maniobras acumulativa-selectiva
con coordinación de
llamadas en los pisos que los respectivos coches tienen acceso desde
un mismo lugar.
Artículo 22º. Instalación eléctrica
en ascensores y montacargas
Las partes de la instalación eléctrica no especificadas
en "Instalación eléctrica en
ascensores y montacargas", deben satisfacer, en lo que sea aplicable,
lo establecido en
las normas de Instalaciones eléctricas de la A.E.A.
a) Circuitos de fuerza motriz:
Los circuitos para fuerza motriz serán independientes de los
de cualquier otro del edificio o
de la estructura donde se instalan ascensores o montacargas e irá,
cada circuito, en conducto propio. Los circuitos de alimentación de la fuerza
motriz partirán del tablero
general de entrada de la electricidad a la finca y del cual pueden
derivarse, según se lo
prefiera:
1) El o los circuitos correspondientes a los tableros (de
cada ascensor o de cada
montacargas) emplazados en el cuarto de máquinas. Cada uno
de esos circuitos se
colocará en su respectivo conducto.
2) Un único circuito a un tablero secundario del cual
derivarán, en sendos conductos los
circuitos que alimentan a los tableros de cada ascensor o de cada
montacarga del
inmueble.
b) Tableros de fuerza motriz:
El tablero general de la fuerza motriz (y el tablero secundario cuando
lo haya) estará
protegido en todo su perímetro, tendrá un seccionador
con fusibles (tipo n-h) , protección
termomagnética y disyuntor diferencial para el corte de la
corriente. Este conjunto será
identificado con la leyenda "ASCENSOR" o "MONTACARGAS"
según el caso.
El o los tableros individuales de fuerza motriz de cada ascensor
o de cada montacargas,
con protecciones y blindajes iguales a los mencionados en el párrafo
anterior, estarán
emplazados en el cuarto de máquinas y ubicados en el lado
opuesto a los goznes o
bisagras de la puerta de entrada y distante de ésta no más
que 1,00 m.
Los tableros individuales de la fuerza motriz contarán con:
1) Seccionador con fusibles (tipo n-h) , y llave de proteccion
termomagnética que corte
la corriente. Cuando desde esta llave no se divise la máquina
correspondiente habrá, en
serie, una segunda llave desde cuyo sitio se vea esa máquina.
2) Fusibles y llave termomagnética de corte de los
circuitos de luz de la cabina y de la
alarma.
3) Marcas y leyendas que aclaren la función de los
implementos mencionados en los ítem
(1) y (2).
c) Tablero de control de la maniobra:
El tablero de control de maniobra deberá estar confinado en
un gabinete adecuado para
proveer protección contra electrocución por contacto
casual.
En las instalaciones existentes se deberán adecuar los tableros
para proveer protección
contra contacto casual.
1) Contactores:
En el tablero de control de la maniobra, los contactores direccionales
se colocarán en línea
o en columna, con las leyendas aclaratorias según lo siguiente:

Los contactores que actúan en la inversión
de marcha tendrán bloqueo eléctrico y
mecánico:
2) Fusibles:
El circuito de la maniobra será protegido con fusibles. En
cada fusible se indicará el valor
nominal de la intensidad de la corriente que puede pasar por él.
3) Otras protecciones:
Habrá una protección del motor de tracción que,
por falta de una de las fases o elevación
de la intensidad, abra el circuito de la fuerza motriz.
En caso de control de la maniobra alimentado con corriente alternada
rectificada, uno de
los bornes del rectificador estará puesto a tierra.
4) Identificación de conductores:
Los conductores de los circuitos de puertas del coche y los de puertas
de los rellanos
llegarán al tablero de control de la maniobra identificados
así:
LPC para líneas de puertas de coche;
LPR para líneas de puertas de rellano.
d) Individualización de tableros y máquinas:
Cuando hay varias máquinas en un mismo cuarto con sus respectivos
tableros de la
fuerza motriz y de control de la maniobra, cada máquina y
sus tableros serán
individualizados con un mismo número o letra claramente dibujados.
e) Tensión o fuerza electromotriz en ciertos circuitos:
La tensión en los circuitos del tablero de control de la maniobra,
de señalización, de
mecanismos de puertas y demás equipos auxiliares no rebasará
los 220 V contra tierra.
No obstante, pueden emplearse tensiones mayores para el motor de
tracción, para el
freno, equipos electrónicos y de obtención de energía
en grupos electrógenos.
f) Conductores y conductos:
Los conductores pueden ser de sección de cualquier forma.
El aluminio puede emplearse
como conductor siempre que satisfaga las condiciones técnicas
adecuadas.
Todos los conductores, sea para la alimentación de fuerza
motriz sea para la maniobra,
deben colocarse dentro de conductos siempre que no constituyan haces
de conductores
incluidos en una vaina o camisa aislante común.
En reemplazo del conducto de sección circular pueden emplearse
canaletas metálicas de
sección rectangular con tapa. En tal caso, sólo es
ocupable con conductores el 75% de la
sección transversal. En el cuarto de máquinas ubicado
debajo de la caja del ascensor o
del montacargas (piso bajo o sótano) no deben embutirse conductos
en el solado ni
adosados a éste. Si es imprescindible esta solución
se usará conductor adecuado para
instalación subterránea.
g) Puesta a tierra:
Todas las partes metálicas del ascensor o del montacargas,
tanto las emplazadas en el
cuarto de máquinas como en la caja, tendrán conexión
de puesta a tierra con jabalina
según lo establecido en las normas de seguridad en instalaciones
eléctricas.
h) Toma de corriente en el coche:
Al exterior del coche y en sus partes inferior y superior habrá
sendos tomas de corriente
en lugar bien visible y accesible.
Artículo 23°. Prescripciones para montacargas
En el proyecto y en la instalación de un montacargas se aplicará
lo establecido en
"Instalación de ascensores y montacargas" solamente
cuando en el título del articulado se
mencione a la última de las máquinas nombradas o sea
"montacargas".
Además de lo indicado en el párrafo precedente, el
montacargas cumplirá lo siguiente:
a) Montacargas que transporta carga de cualquier peso:
1) El gobierno o la maniobra (botones) del montacargas únicamente
será posible desde el
exterior del coche, es decir, desde los rellanos.
2) El coche puede no tener techo ni puertas. Las puertas del
coche cuando las tenga y las
puertas de rellano pueden ser de tipo "tijera", "corredizo",
"plegadizo" o "guillotina".
Las puertas que giran en goznes o bisagras sólo pueden colocarse
en los rellanos y ser
metálicas de una hoja.
Las puertas del coche y las de rellano satisfarán lo establecido
en los Incisos a) y b) de
"Puertas de cabina y de rellano en ascensores".
3) En el perímetro de la plataforma del coche habrá
una defensa metálica o malla que
impida la caída al vacío de la caja de personas o de
cosas en el momento de la carga y
descarga.
4) El tablero de control de la maniobra puede ser instalado
paralelo a un muro a condición
de que su montaje permita el giro sobre goznes o bisagras, o bien
fijo si las conexiones
entre implementos son frontales.
5) En montacargas cuyo coche acciona "puerta trampa"
o "puerta tapa", el gobierno de la
maniobra estará en la parada o rellano más alto ubicado
en un lugar desde el cual se
divise la "puerta trampa" o la "puerta tapa".
La marcha del coche se realizará oprimiendo constantemente
un pulsador en tanto se
enciende una señal luminosa que se apagará al detenerse
el coche.
Cuando esta clase de montacargas sirve a pisos emplazados por debajo
del cerrado por la
"puerta trampa" o "puerta tapa", la maniobra
en esos pisos se podrá realizar conforme a lo
establecido en el ítem (1) pero, desde ellos no será
posible enviar el coche de modo que
abra dichas puertas.
La "puerta trampa" o la "puerta tapa" debe autocerrarse
al descender el coche. La "puerta
trampa" no abrirá más allá de la vertical.
Cualquiera sea la puerta que se use ("trampa" o "tapa")
cubrirá totalmente la abertura
cuando el coche está debajo de ella y será capaz de
resistir la flexión de una carga no
menor que 300 kg/m2. La puerta, no requiere defensa de su perímetro. El nivel
de la
plataforma del coche no rebasará en más que 0,15 m
el nivel del solado en donde está la
"puerta trampa" o la "puerta tapa".
La velocidad de marcha del coche no excederá los 15 m por
minuto (Vn < 15 m por min.).
b) Montacargas que transporta carga de 300 o más kilogramos:
1) Satisfará lo dispuesto en el Inciso a). La defensa
mencionada en el ítem (3) de este
Inciso tendrá 1,60 m de alto medidos sobre el solado de la
plataforma del coche.
2) El montacargas puede no tener contrapeso, en tal caso la
carga a transportar no
excederá los 500 kg y la suspensión del coche se hará
con no menos que 2 cables.
3) Si la carga a transportar por el coche no excede los 600
kg, las guías pueden ser de
acero de sección siempre que las medidas mínimas sean
60 mm x 60 mm x 6 mm y no
requieran ensamble entre tramos ni mecanizar las caras del alma.
La platabanda de unión
tendrá un espesor no inferior a 6 mm.
4) Junto a las botoneras de gobierno de la maniobra de cada
rellano o piso en caracteres
bien visibles y legibles, se colocará la leyenda:
PROHIBIDO VIAJAR PERSONAS CARGA MAXIMA ... KG.
c) Montacargas que transporta carga hasta 300 kg:
1) Si la carga que transporta el coche es:
I) de hasta 150 kg:
Queda exento de cumplir con lo establecido en "Cuarto de máquinas
de ascensores y montacargas Casilla o espacio para poleas".
El lugar destinado a la máquina motriz tendrá puerta
con llave.
El control de la maniobra puede colocarse en muros a la altura de
una persona, próximo a
las máquinas, y protegido de contactos casuales.
II) de más de 150 kg hasta 300 kg:
El cuarto de máquinas queda exento de cumplir el requisito
de superficie, de altura libre y
de lado mínimo.
III) La Dirección puede requerir del Profesional la
justificación de las magnitudes
adoptadas en el proyecto de instalación cuando las dimensiones
de la plataforma del
coche o los componentes del equipo motriz sean desproporcionados
para el transporte de
las cargas mencionadas en los Apartados I) y II).
2) El montacargas puede no tener contrapeso.
3) La suspensión puede ser de 1 cable para alto de
coche hasta 1,20 m. Para alto mayor
habrá más de un cable.
Los cables de suspensión pueden ser de diámetro inferior
a 9 mm con factor de seguridad
f igual a 6,5.
4) La plataforma del coche será capaz de resistir 300
kg/m2.
5) Las guías pueden ser de acero de sección
siempre que las medidas mínimas del
perfil sean 50 mm x 50 mm x 5 mm y no requiere ensamble entre tramos
ni mecanizar las
caras del alma. La platabanda de unión tendrá un espesor
no inferior a 5 mm. Para el
contrapeso, cuando lo haya, pueden usarse guías de alambre
de acero del tipo IRAM
1020 y de diámetro no inferior a 6 mm.
6) Si la amplitud de la puerta del coche y de los rellanos
permite el paso de persona, se
colocará la leyenda especificada en el ítem (4) del
Inciso b). Si no se da esta posibilidad,
sólo se colocará la que hace alusión a la carga.
CAPÍTULO II
ESCALERAS MECÁNICAS Y RAMPAS MÓVILES
Artículo 24°.Escaleras mecánicas
Lo dispuesto en "Escaleras mecánicas" es aplicable
en particular a los mecanismos
denominados "escaleras mecánicas" o "escaleras
rodantes" sin perjuicio de las provisiones generales sobre seguridad para los dispositivos eléctricos
no mencionados
específicamente en este artículo. En el caso de rampas
móviles no es de aplicación lo
referente a escalones ni a cadenas de escalones.
La escalera responderá a lo siguiente:
a) Angulo o pendiente de la escalera:
El ángulo o pendiente del plano de alineación de la
nariz de los escalones no excederá los
36º respecto de la horizontal.
b) Altura de paso:
La mínima altura de paso entre la línea de la nariz
de los escalones y cualquier obstáculo
superior es de 2,00 m.
c) Anchos de la escalera:
El ancho a de una escalera en el plano de la pedada del escalón
es:

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